SANTIAGO DE COMPOSTELA, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Consello de la Xunta ha dado el visto bueno al decreto que confiere personalidad jurídica a las Sociedades de Fomento Forestal (Sofor), que tienen como principal objetivo "hacer posible una gestión más eficiente y rentable del monte", a partir de las pequeñas parcelas de propiedad particular existentes.
Según ha explicado el Ejecutivo gallego, esta figura está orientada a agrupaciones de propietarios de pequeñas parcelas forestales, que están en manos de 600.000 titulares y ocupan una superficie total de 1.200.000 hectáreas. Se busca así, una gestión forestal sostenible, basada en la viabilidad económica y la sostenibilidad social y ambiental.
En esta línea, el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, ha afirmado que esta nueva figura que ordena "de manera operativa el monte" no se restringe "únicamente" a la "prevención de incendios forestales, sino que busca la puesta en valor del monte y el aumento de la renta agraria a través de una formula "adecuada a las características" de la comunidad. Además, ha destacado que la adscripción a estas sociedades es "siempre voluntaria".
Además, se permite capital adicional inversor solo en el capital social --pueden coexistir socios propietarios con otros capitalistas--; y se garantiza el derecho de propiedad de los socios, que solo ceden los derechos de uso y la venta de productos por aprovechamiento forestal puede hacerse de manera directa desde la sociedad.
ORDENACIÓN FORESTAL
Las Sofor son figuras societarias orientadas a la ordenación forestal a partir de un modelo de gestión "conjunta y sostenible" que posibilita la puesta en valor del monte.
Este modelo voluntario de responsabilidad está basado en el mantenimiento de la propiedad por parte de los titulares de los terrenos, que aportan el uso de estos a la sociedad; con un objetivo social "específicamente orientado a la gestión, aprovechamiento y comercialización de los recursos de manera conjunta".
La Xunta ha considerado "fundamental" disponer de una superficie mínima adecuada para conseguir una explotación económica rentable, para lo que ha asegurado que es "imprescindible" el impulso y fomento, desde las instituciones públicas, de actuaciones de concentración, bien sea de la propiedad forestal o de su gestión.
A través de estas figuras la Xunta pretende conseguir la incorporación voluntaria de los propietarios forestales a sistemas de gestión conjunta; dar un mayor protagonismo a los silvicultores y reducir el nivel de abandono de los montes gallegos para disminuir el riesgo de incendios forestales.
SUPERFICIE
El decreto enumera las condiciones que tienen que cumplir estas figuras societarias. Entre ellas se encuentra la superficie forestal mínima a gestionar conjuntamente que será de 15 hectáreas para plantaciones de fruta, de 25 para plantaciones de frondosas caducifolia o masas preexistentes de frondosas autóctonas y, por último, para otras plantaciones o aprovechamientos forestales, 50 hectáreas.
En cuanto a su objetivo social, se establece que únicamente podrá ser la explotación y aprovechamiento en común de los terrenos forestales de los que el uso de las parcelas fue cedido a la sociedad, mediante una gestión sostenible y viable de los mismos, concretada en los aprovechamientos forestales definidos en la ley de montes.
La cesión de derechos de uso a la sociedad se realizará por un plazo indefinido o determinado y concreto, siempre por un mínimo de 25 años. Será bien a través de aportaciones en dinero al capital o bien por medio de prestaciones accesorias.
En este decreto se regulan, además, los incentivos susceptibles de aplicación para esta figura. Así, se establece que las Sofor con inscripción definitiva en el registro podrán beneficiarse de subvenciones de hasta el 100 por cien de los gastos necesarios para la realización de la concentración de las propiedades integradas en la sociedad. En este caso, cuando menos el 70 por ciento de la superficie a concentrar debe ser de titularidad de la propia sociedad o de sus socios.