SANTIAGO DE COMPOSTELA, 11 May. (EUROPA PRESS) -
El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado el decreto de la Consellería de Medio Rural que regula la inscripción y funcionamiento del registro oficial de productores y operadores (ROPO) de medios de defensa fitosanitaria.
De tal forma, deben inscribirse en este registro empresas y comerciales que suministren productos fitosanitarios, empresas que realizan tratamientos, asesores y usuarios profesionales con carné básico, cualificado, fumigador o piloto aplicador.
Las inscripción en el registro podrá realizarse a petición de la persona titular (o representante) de la actividad incluida en el ámbito de aplicación de este decreto o bien de oficio por la propia Consellería de Medio Rural.
Entre otras obligaciones está informar de los tipos y categorías de toxicología de los productos que se van a fabricar o comercializar, así como el sistema de gestión para la eliminación de envases vacíos fitosanitarios. El plazo de validez de la inscripción en el registro es de 10 años.