La Audiencia pontevedresa condena a 13 años de prisión al principal imputado en una pelea entre clanes gitanos

Actualizado: jueves, 22 junio 2006 18:54

PONTEVEDRA, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Pontevedra impuso penas que suman 13 años de prisión al joven gitano Angel Jesús Giménez Borja, de 20 años de edad, al considerar probado que, en una pelea, estuvo a punto de matar a a otros dos gitanos, de un clan rival.

Para llegar a esta conclusión los magistrados de la sección cuarta tuvieron que conceder "especial relevancia" a las declaraciones sumariales, ya que durante el juicio los testigos aseguraron que no recordaban nada, según interpretó el fiscal debido a "ley del silencio" que impusieron el rey de los gitanos y los patriarcas.

El suceso tuvo lugar el 24 de noviembre de 2004, en el mercadillo ambulante de Cambados (Pontevedra), al coincidir varios miembros de una misma familia aunque de clanes enfrentados por viejas rencillas.

El tribunal consideró probado que integrantes del clan "Cornazo", en una actitud "claramente provocadora", desencadenaron una discusión verbal con miembros del clan "Rubianes", que dio paso a una pela en cuyo transcurso "se produjeron acciones violentas protagonizadas por miembros de uno y otro clan".

Concretamente en la pelea unos y otros se golperaon con las barras de hierro utilizadas para instalar los puestos del mercadillo, y en el caso concreto de Angel Jesús Giménez Borja acuchilló a un matrimonio que estuvo a punto de morir.

El tribunal consideró probado que este acusado, del "clan Cornazo", fue el único que utilizó una navaja como instrumento lesivo y la empleó "con la finalidad de dar muerte a Francisco Giménez Borja y su esposa Amaya Giménez", del "clan Rubianes".

Los forenses aseguraron durante el juicio que ambos habrían muerto, si no fuera porque recibieron asistencia médica de forma inmediata y fueron operados de urgencia. En consecuencia, el tribunal estima que el joven Angel Jesús Giménez "debe pechar con las consecuencias de sus acciones".

Además de la pena de prisión, la sentencia establece que durante diez años no podrá residir o acudir a la población de Vilanova de Arousa, donde viven los miembros del otro clan, a quienes no podrá aproximarse en un radio de 250 metros.

Otros acusados, Ricardo Giménez Borja y Juan Jesús Giménez, fueron condenados a dos años de prisión, y a un año de cárcel Enrique Díaz Giménez. En estos casos las medidas se alejamiento se imponen por un período de cinco años.