Banco Pastor "satisfecho" con el fallo judicial porque condena a los imputados, que era lo que pretendía

Actualizado: martes, 4 abril 2006 16:04

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 4 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Banco Pastor ha mostrado su "satisfacción" por el fallo judicial de la Audiencia Provincial que condena a José Rodríguez Casal --conocido como 'Pepe el del Pastor'-- a ocho años de prisión por un delito delito continuado de apropiación indebida y falsedad y al empresario Juan Manuel Pintos Sanmartín a 15 meses en prisión por falsedad.

"Los dos han sido condenados y era lo que se demandaba", destacaron a Europa Press fuentes del Banco Pastor, quienes, no obstante, recordaron que su acusación, y la de la Fiscalía, era "más amplia", ya que demandaban también para Pintos Sanmartín una condena por apropiación indebida "porque había elementos suficientes que lo avalaban" y que, finalmente, se ha visto reducida a falsedad.

Sin embargo, desde el Banco Pastor se ha insistido en que se han cumplido sus dos objetivos con respecto a este caso: la condena de los dos imputados y el resarcimiento económico a lo perjudicados, al tiempo que "evitarles el mayor daño posible".

Al respecto, la entidad financiera destacó que, desde el primer momento en que se tuvo conocimiento de estas irregularidades, se empezó a abonar íntegramente las cantidades afectadas a los clientes perjudicados. Así, desde enero de 1992 hasta 1994 Banco Pastor ya les había reintegrado 3,6 millones de euros.

De este modo, explicó que en 1996 ya se habían "dados por buenos" todos los pagos hechos y, en el momento del juicio, quedaban pendiente 13 casos de personas que, durante todo el proceso, no había querido ser resarcidos. No obstante, el Banco Pastor procedió a abonarles las cantidades que les correspondían justo antes del inicio del juicio en la misma Audiencia.

Finalmente, Banco Pastor esperará a estudiar detenidamente los 130 folios del fallo judicial para decidir la posibilidad de presentar algún recurso a la sentencia, que cuenta con una doble instancia, y tras pasar por la Audiencia provincial puede ser elevada al Tribunal Supremo, a través de un recurso de casación.