Condenan al Sergas a pagar 23.000 euros por la muerte de un vecino de Fisterra

Actualizado: jueves, 6 noviembre 2014 14:34

A CORUÑA, 6 Nov. (EUROPA PRESS) -

   Un juzgado de lo Contencioso de Santiago ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con 23.000 euros a una familia por el fallecimiento de un vecino del municipio coruñés de Fisterra a causa de una infección nosocomial en el Complexo Hospitalario Universitario A Coruña (Chuac).

   Según ha informado la Asociación El Defensor del Paciente, que ha tramitado la denuncia correspondiente, el Sergas ha sido condenado a indemnizar a la viuda y a una hija de la víctima con 23.000 euros por el daño moral ocasionado a raíz del fallecimiento de F.L.R., de 68 años de edad, en el momento de los hechos en el año 2003.

   El paciente fue ingresado en el Hospital Virxe da Xunqueira de Cee, el 6 de diciembre de 2001 con "síntomas de fiebre, llegando a 40 grados, tos productiva, dolor en el costado y diarrea", según recuerda la asociación.

   "Él y su esposa decidieron acudir al Punto de Atención Continuada de Cee (PAC), donde la doctora que le atendió, tras exponer el paciente los síntomas que padecía, efectuó como única prueba una auscultación rutinaria. Acto seguido le diagnosticó gripe, procediendo a recetarle 'Sueroral' y 'Efferalgran' y enviarlo a casa", relata la asociación en un comunicado de prensa.

   Sin embargo, el paciente ingresó al día siguiente "con empeoramiento del estado general, siéndole diagnosticada una neumonía, que, por su carácter de gravedad, fue derivado al entonces Hospital Juan Canalejo de A Coruña", precisa.

   Al respecto, añade que allí fue tratado por el servicio de Medicina Interna, "donde pusieron los medios adecuados para tratar al paciente, pero ante la gravedad del mismo, y estando la neumonía muy avanzada y el estado del paciente inmunológicamente deprimido, adquirió dentro del propio hospital hasta cuatro infecciones nosocomiales que contribuyeron a agravar su estado general y al fallecimiento del paciente".

"PÉRDIDA DE OPORTUNIDAD"

   "Se demostró igualmente que la antibioterapia pautada no fue la más amplia para el caso concreto, dado los gérmenes causantes de las infecciones, ante un paciente fumador y de 68 años de edad con insuficiencia respiratoria severa", resalta El Defensor del Paciente.

   El abogado de la familia, Cipriano Castreje, considera que la indemnización "tiene en cuenta estos factores y valora únicamente el daño moral y la pérdida de oportunidad de no pautarle un tratamiento de más amplia cobertura antibiótica", porque, según concluye, "no se puede saber si con el tratamiento adecuado el paciente hubiese superado su grave estado".

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