Consello.- La Ley de Subvenciones prohíbe la concesión directa de subvenciones e introduce la concurrencia competitiva

Apuesta por la transparencia y la publicidad mediante un registro público de convenios y de las bases reguladoras de las ayudas

Europa Press Galicia
Actualizado: jueves, 9 noviembre 2006 16:18

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 9 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Xunta de Galicia prohibirá toda concesión directa de subvenciones por parte del Gobierno, salvo casos excepcionales en los que la partida tenga en amparo de ley, e introducirá con carácter general el criterio de concurrencia competitiva para acceder a las ayudas públicas.

Se trata de una de las grandes novedades de la Ley de Subvenciones aprobada en el Consello de hoy por el bipartito, que aspira a promover la transparencia en la gestión de la Administración, mediante un "compromiso de renovación democrático", según lo definió el presidente, Emilio Pérez Touriño, en la rueda de prensa posterior a la reunión con su Gabinete.

Así, la normativa había consituido, junto con la ya en vigor Ley de Transparencia y la de Publicidad Institucional, que se verá la luz "en breve", una de las grandes apuestas con las que el PSdeG concurrió a las autonómicas de 2005, en las que se comprometió a dar luz verde a una batería legislativa para impulsar la transparencia y garantizar el funcionamiento democrático.

Por ello, la Ley de Subvenciones supone la creación de un marco jurídico único en esta materia y promueve una "mayor publicidad", al consolidar un registro público de ayudas y convenios en la web de la Administración y la difusión de las bases reguladoras, también en internet.

Además, incluye una "apuesta razonable", según Touriño, por incentivar el uso de los medios electrónicos en los procesos administrativos para tratar de agilizar las resoluciones en la tramitación de las concesiones de subvenciones.

TRAMITACIÓN

Estas medidas entrarán en vigor, probablemente, en el primer cuatrimestre de 2007, una vez que la ley supere el trámite parlamentario, en el que la Xunta aspira a recabar la unanimidad de los grupos a la hora de dar luz verde a un proyecto que apuesta por incrementar la eficacia en la gestión de los recursos públicos.

El texto, elaborado por la Consellería de Economía, divide su articulado en cinco títulos, integrados por 68 artículos, y en el preliminar define el ámbito de aplicación, concepto de subvención, figuras del beneficiario y las entidades colaboradoras, así como sus obligaciones.

Asimismo, indica que la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo a los principios de "publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación" y, a mayores, se tendrá en cuenta también la eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

En cuando a las medidas de transparencia, la ley obliga a formular bases programáticas, objetivos y efectos que se pretenden lograr con el establecimiento de las líneas de subvenciones, como elemento de racionalización y eficacia en el empleo de los recursos públicos.

OTRAS MEDIDAS

Esta apuesta incluye, además, la correlación de las líneas con los recursos de financiación previstos, así como su vinculación a los objetivos de estabilidad presupuestaria, con el objetivo de garantizar una óptima asignación. De igual modo, también destacan las medidas dirigidas a impulsar la agilidad de la gestión administrativa con la regulación de procedimientos como el de concesión abreviada cuando baste la comprobación de la idoneidad de la solicitud para acceder a la subvención.

Aparte, se flexibiliza la instrucción del procedimiento ordinario y, en el ámbito de las garantías, se incrementan los procedimientos de control financiero y reintegros, con una regulación más amplia de las auditorías de control sobre la gestión y los perceptores, a pesar de que se mantienen todas las garantías de procedimientos en favor de los ciudadanos afectados por estos procesos.

A mayores, se establece que la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión deberá documentarse de la manera determinada en el reglamento, a lo que estará obligado el beneficiario o la entidad colaboradora.

Así, otro de los puntos de la ley es la publicidad de las sanciones, apartado en el que se recoge que las resoluciones sancionadoras impuestas por sanciones graves o muy graves se publicará en el DOG y deberán comunicarse a los registros de subvenciones y contratistas de la comunidad. Todas las sanciones firmes figurarán en el Registro Público de Sanciones.

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