Consello.- La Xunta fija para los comercios un máximo de ocho domingos y festivos hábiles al año y 72 horas semanales

Actualizado: jueves, 27 julio 2006 19:59

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 27 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Xunta aprobó hoy el proyecto de Ley de Horarios Comerciales, con el que establece un nuevo régimen que fija en ocho el máximo de domingos y festivos hábiles que se podrá abrir al año y en 72 horas semanales el horario general.

De esta forma, la norma se remitirá al Parlamento para ser debatida en el próximo período de sesiones, con el objetivo de atender de manera "adecuada" las peculiaridades del sector en Galicia, al tiempo que garantice la oferta a los consumidores, según expresó el presidente autonómico, Emilio Pérez Touriño, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno.

Además, otras novedades es la posibilidad de que los ayuntamientos que lo soliciten puedan sustituir dos de los domingos y festivos hábiles para el comercio por otros dos que consideren más apropiados a los intereses comerciales de su término municipal. En cualquier caso, el número total no podrá exceder de ocho, puesto que se elimina el procedimiento que les permitía añadir otros dos días.

Asimismo, y con el objetivo de buscar el equilibrio entre el abastecimiento local y la conciliación de la vida familiar y laboral, se excluyen cinco días de la posibilidad de elección de hábiles comerciales, el 1 de enero, el 1 y 17 de mayo, el 25 de julio y el 25 de diciembre; al tiempo que se adelante el cierre de los establecimiento a las 20.00 horas el día de Nochebuena y el de Fin de Año.

FACULTADES INSPECTORAS

De igual forma, la nueva regulación otorga a los ayuntamientos facultades en materia inspectora respecto a la vigilancia de aquellas infracciones que se pudiesen registrar en esta materia, al tiempo que, como administraciones más próximas a los ciudadanos, podrán ejercer un control más eficaz. Con todo, la potestad sancionadora seguirá residiendo en la Consellería de Innovación.

Por otra parte, el proyecto reduce a 150 metros cuadrados la superficie útil de venta y exposición al pública que deben poseer los establecimientos comerciales para contar con plena libertad horaria, frente a los 300 de la norma vigente.

A mayores, establece un procedimiento de declaración de ayuntamiento turístico, con el objetivo de que los situados en el área de declaración gocen de libertad horaria. Para ello, el área propuesta puede ser inferior al territorio municipal o incluir sólo una parte de un núcleo de población. Su aprobación, de nuevo, corresponderá al departamento de Innovación.