Replican al juez del Alvia que "hay responsabilidad objetiva" en cargos de Adif

Actualizado: jueves, 15 octubre 2015 15:28

   Rechazan dar carpetazo a la investigación cuando todavía hay afectados pendientes de rehabilitación y operaciones

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

   El abogado que representa a la asociación de perjudicados por el accidente de tren de Santiago (Apafas) entiende que existen hechos que "derivan en una responsabilidad objetiva, causal e inmediata y con relevancia penal" respecto a cargos del administrador de infraestructuras ferroviarias (Adif).

   Así lo recoge uno de los recursos contra el cierre de la instrucción del caso presentados por este letrado, correspondiente a 40 afectados a los que representa, y que se integran en Apafas. Como colectivo, la asociación también ha presentado un recurso, más escueto y como acusación popular, que es como se personó en la causa.

   En el documento de los 40 afectados, más extenso, las víctimas consideran que el cierre, notificado por el juez Andrés Lago el pasado miércoles y que deja al maquinista como único imputado, "vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la práctica de prueba", ya que el magistrado rechazó numerosas diligencias solicitadas por las partes.

   Además, el texto, al que ha tenido acceso Europa Press, advierte de un "quebranto del principio de congruencia", ya que Lago tacha de "inútiles e innecesarias" las pruebas pedidas al mismo tiempo que observa "serias discrepancias" en los informes periciales aportados por tres expertos designados judicialmente.

DENEGÓ PRUEBAS "TARDÍAMENTE"

   Asimismo, el recurso critica que estas demandas fueron denegadas "tardíamente" y que esta respuesta "genera indefensión".

   A entender del abogado, "esa circunstancia no se debía tratar de una posibilidad sino que realmente es una exigencia de obligado cumplimiento, a tenor de lo que es una línea de alta velocidad y la trascendencia primordial de mantener la seguridad en la circulación y la integridad física de las personas que adquieren un billete de transporte".

PIDE EL RECONOCIMIENTO DE LA FALLECIDA NÚMERO 81

   Por otra parte, reprueba que se dé carpetazo a la investigación y con ello un paso adelante hacia la fijación de fecha para el juicio cuando "todavía se encuentran pendientes de proceso de rehabilitación" numerosos afectados "en unos casos, en otros de intervención quirúrgica y en otros de declaración de invalidez".

   Al respecto, esta representación de víctimas discrepa de la determinación de 80 muertes establecida por el juez en el auto de procedimiento abreviado con que cierra la causa, al considerar que "el fallecimiento de doña Filiberta Pascual deviene del cuadro funcional previo derivado del accidente", razón por la que entiende que "debería aparecer incluida".

AVISO DEL JEFE DE MAQUINISTAS

   El escrito afea al magistrado que interprete que el aviso de un jefe de maquinistas sobre peligrosidad en la curva de A Grandeira conllevaba una mayor formación a los conductores.

   "Estaba plasmando una situación que conllevaba implantar señales de limitación permanente de 80 kilómetros por hora, y que lamentablemente no se hizo", asevera.

INFORMES PERICIALES

   Sobre los informes periciales, lamenta que valorase los de José Manuel Lamela y Juan Carlos Carballeira, "designados a través de la Xunta" y, el de este último, conteniendo "plagios" de la CIAF, según denunció el abogado del maquinista en su recurso.

   Censura, de esta forma, que el que sea "criticado" precisamente sea el de César Mariñas, quien "gozaba de una más que dilatada y contrastada experiencia en el ámbito ferroviario".

REFERENCIAS A LA AUDIENCIA PROVINCIAL

   En relación a la cuestión "trascendental" de la obligatoriedad o no de que estuviese instalado el sistema de control de velocidades 'ERTMS', critica que el juez "remite al auto de la Audiencia Provincial de A Coruña sin efectuar mención alguna al respecto a la normativa europea aplicable".

   Y justamente apela a la Audiencia, para recordar que señaló que "de aceptarse la tesis sobre la concurrencia de indicios de criminalidad (...) serían apreciables exclusivamente en el presidente del consejo de administración de Adif (...) y el director de seguridad como máximo cargo de responsabilidad directamente competente en lo relativo a la protección del tren y que certificó la adecuación técnica del proyecto".

   "Con la resolución ahora recurrida, el juzgador ni tan siquiera plantea la posibilidad articulada en la resolución referida en el párrafo anterior, al calificar todas las pruebas, diligencias e investigaciones solicitadas como innecesarias", reprueba.

   Por todo ello, además de recurrir el cierre, este representante de afectados por el siniestro del Alvia en Angrois el 24 de julio de 2013 insta al juez a "dejar sin efecto los traslados conferidos a los efectos de formular escrito de acusación".

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