Rural.- Las urbanizaciones próximas al monte deberán contar con una franja de protección y un plan contraincendios

Actualizado: jueves, 19 octubre 2006 14:32

La Xunta asegura que el número de fuegos para cambio de uso forestal a agrario es mayor que los originados por especulación urbanística

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

El director xeral de Urbanismo, Ramón Lueje, anunció hoy que la nueva Ley de Medidas Urgentes en materia de Ordenación del territorio y litoral, que se presentará este mes en el Parlamento, incorporará una serie de obligaciones para evitar el riesgo de incendios en zonas urbanizadas a menos de 400 metros de terreno forestal.

Entre estos deberes se encuentran la construcción una franja de protección de 25 metros de ancho y que los propietarios elaboren un plan de prevención y defensa contra los fuegos.

Así lo adelantó Lueje en su comparecencia en la Comisión de Estudo de las causas de los incendios forestales, donde aclaró que estas medidas serán complementadas para los núcleos rurales por la Ley de Prevención de Incendios que está elaborando la Consellería de Medio Rural y que prevé presentar en el Parlamento antes de que finalice el año.

Esta nueva normativa establecerá que los propietarios de terrenos, urbanizaciones y edificaciones tendrán la obligación de crear una franja exterior de protección de 25 metros de ancho a su alrededor, libre de vegetación seca y con masa arbórea aclarada. Esta obligación también se hará extensible a los terrenos de parcelas no edificadas.

Además, Lueje precisó que, en el caso de los terrenos situados en esta franja de protección y que no pertenecen a los propietarios de las urbanizaciones o edificaciones, se establecerá una servidumbre forzosa con derecho a indemnización, con el fin de garantizar el acceso y efectuar los trabajos de limpieza necesarias para evitar el riesgo de incendios forestales.

En el supuesto de que no se permita el acceso a un terreno incluido en esa franja de protección, se podrá ordenar que sea el titular de la finca el que realice la ejecución de los trabajos de limpieza.

PRESENTAR AL AYUNTAMIENTO UN PLAN DE PREVENCION

Asimismo, el director xeral de Urbanismo anunció que esta normativa obligará a los dueños de las urbanizaciones, bien a través de la comunidad de propietarios o una entidad de conservación, deberá elaborar un plan de prevención y defensa contra los incendios que deberán presentar al ayuntamiento.

Lueje precisó que, en el caso de que no cuenten con una comunidad de propietarios o entidad de conservación, los dueños de estas urbanizaciones deberán constituir un órgano de gestión.

Además, advirtió de que, en el supuesto de que los propietarios incumplan estos "deberes" que recogerá la normativa, el alcalde del municipio donde estén ubicados estas edificaciones podrá ordenar la ejecución de los trabajos de limpieza.

ESPECULACION URBANISTICA

En su comparecencia, Lueje reconoció que "en algunos casos" entre las causas de los incendios forestales se encuentra la especulación urbanística. No obstante, aclaró que, a pesar de que "se apele mucho" a esta motivación y que entre entre la sociedad sea la causa "más difundida", el número de incendios con este objetivo es "menor" que aquellos que buscan un cambio de uso forestal a agrario.

En todo caso, recordó que, según la normativa vigente, está totalmente prohibido la urbanización de terrenos con masas arbóreas que sufrieran incendios. Por lo tanto, subrayó que ningún monte quemado puede ser recalificado para usos urbanísticos.

De cualquier modo, informó de que la Consellería de Política Territorial está llevando a cabo un estudio sobre la clasificación urbanística de terrenos quemados desde 1997 a 2006.

Finalmente, Lueje aprovechó su intervención para hacer un "llamamiento" a la reflexión sobre el modelo de organización territorial y que consideró necesario "reformularlo". Así, abogó por establecer nuevas formas de gobernanza territorial.