El Sergas deberá reponer a una auxiliar de Verín a la que no renovó tras enfermar

Actualizado: viernes, 22 abril 2016 13:07

   Concluye que con la "vía fraudulenta de nombramientos temporales" se trataba de ocultar "una contratación indefinida de personal"

   OURENSE, 22 Abr. (EUROPA PRESS) -

   Una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratifica la condena al Sergas a reponer en su puesto a una auxiliar de enfermería del hospital de Verín (Ourense) a la que no renovó cuando se puso enferma y después de haberle hecho varios contratos temporales durante más de cuatro años.

   El TSXG desestima el recurso interpuesto por la Xunta y ratifica la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense, que considera probado que "los sucesivos llamamientos de la actora para prestar sus servicios" en el hospital de Verín respondían "a una necesidad estructural que se prolongó durante más de cuatro años" y que ésta "no tenía que ver", por tanto, "con razones de carácter temporal, coyuntural o extraordinario".

   Sostiene, asimismo, que si el 30 de abril de 2014 "no se renovó su nombramiento como auxiliar fue solo porque en ese momento se hallaba en una situación de incapacidad laboral temporal surgida durante la vigencia de su último nombramiento".

   El Juzgado concluye que la Administración sanitaria "ha incurrido en un abuso de derecho e infracción de los derechos básicos de los trabajadores y empleados públicos (incluso temporales) al no renovarle su nombramiento" a una persona llevaba "trabajando para ella de forma continuada e ininterrumpida durante un prolongado periodo de tiempo" --superior a cuatro años-- "por la única razón" de la baja por enfermedad.

   "Ello no significa que la reincorporación vaya a tener un carácter permanente", continúa el magistrado, quien sostiene que el Sergas deberá "crear y proveer la plaza" mediante el correspondiente procedimiento de "concurrencia competitiva o amortizarla, si por circunstancias bien justificadas, resultase innecesaria". Pero, añade, mientras tanto la trabajadora "recuperará su puesto de trabajo en el hospital.

"VÍA FRAUDULENTA"

   La Sala de lo Contencioso del TSXG asume el "criterio" del magistrado e interpreta que el Sergas "trataba de ocultar, por esta vía fraudulenta --de encadenar contratos temporales--, una contratación indefinida de personal" que, en el caso de la auxiliar, "se prolongó en el tiempo más de cuatro años ininterrumpidos".

   "Nos hallamos, por tanto, ante lo que pudiéramos reputar como una relación jurídica indefinida temporal que, por su naturaleza, priva de virtualidad a la cláusula temporal de duración prevista en el nombramiento suscrito entre las partes, por lo que el cese solo puede venir determinado por la cobertura en propiedad de la plaza o por su amortización", esgrime el fallo del TSXG.

   Añade que este supuesto no se da en el caso de la trabajadora del hospital de Verín y censura acordar su cese "aprovechando una baja temporal" y "al socaire de un plazo de expiración de la relación jurídica", cuestión que considera que "no es de recibo".

   Así, ratifica una sentencia que dictaba la anulación de las resoluciones del Sergas desestimando los recursos de la trabajadora, así como el cese de la demandante realizado con efectos de 30 de abril de 2014, además de condenar a la Administración demandada a reponer a la demandante en su puesto de trabajo.

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