El TSXG reconoce el derecho de la cotitular de una granja gallega a percibir una deducción fiscal por maternidad

Fademur exige a la Agencia Tributaria que tramite la devolución del dinero a los afectados entre 2004 y 2006

Europa Press Galicia
Actualizado: martes, 21 abril 2009 16:43

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) reconoció el derecho de la cotitular de una explotación agraria gallega, Serafina Domínguez, a percibir la deducción fiscal por maternidad que el Gobierno central habilitó en 2004 para aquellos propietarios de granjas que tuviesen hijos menores de tres años y realizasen la declaración de la renta de forma conjunta.

La resolución judicial anula y declara, así, contraria a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo de Galicia que negó el derecho de la afectada --madre de dos gemelos en 2004-- a recibir esa desgravación fiscal --de hasta 1.200 euros por cada hijo menor de tres años-- y, por el contrario, defiende la devolución de la cuantía correspondiente este ejercicio fiscal.

En una rueda de prensa, la presidenta de Fademur (Federación de Asociaciones de Mujeres Rurales), Rosa Arcos, calificó la sentencia de "histórica", por ser de aplicación en el conjunto del Estado y explicó que Domínguez figuraba como cotitular de la explotación que junto a su marido, José Manuel Lado, regentaba en Mazaricos (A Coruña).

No obstante, los ingresos de la granja estaban a nombre de éste último por ser el responsable de los derechos administrativos de la granja --cuota láctea y derechos de producción--.

Por ello, la Agencia Tributaria rechazó la deducción fiscal a Domínguez al no existir ingresos directos a su nombre, una circunstancia que, según se recoge en la resolución del TSXG, supone la exigencia de una "justificación adicional", que, por otra parte, considera que corresponde a la propia Administración central.

"El alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, implica, en principio, el ejercicio de la actividad correspondiente, sin que el interesado deba efectuar justificación adicional alguna puesto que habría de ser la Administración quien acreditase un alta formal en el Régimen de referencia", indica la sentencia.

DESEMBOLSO DE 6.000 EUROS

A juicio de Arcos, el TSXG da, "cinco años después, un "toque de atención" a los criterios empleados por la Agencia Tributaria, que calificó de "inaceptables". Pese a no disponer de datos sobre el total de afectados por esta actuación, la presidenta de Fademur aseguró haber contactado ya con las familias que tenían derecho a la deducción pero que no lo reclamaron, así como a las que se les impuso una sanción.

En el caso de Domínguez y Lado, como apuntó Arcos, aparte de su liquidación, tuvieron que aportar unos 2.500 euros a mayores y una sanción por autoliquidación errónea de 1.200 euros. En suma, la familia de Mazaricos desembolsó unos 6.000 euros en la declaración correspondiente a 2004 tras el criterio aplicado por la Agencia Tributaria, según señaló la responsable de Fademur.

REVISIÓN DE OFICIO DE TODOS LOS CASOS

Fademur, organización vinculada al sindicato Unións Agrarias (UU.AA.) --y éste a su vez integrado en UPA--, exigirá a la Agencia Tributaria la devolución de las cantidades e intereses --correspondientes a tres ejercicios fiscales íntegros (2006, 2007 y 2008)-- y la revisión "de oficio" de todos aquellos expedientes de personas que o bien dejaron de solicitar esta deducción fiscal o de los que la demandaron pero tuvieron que hacer frente a una sanción.

Así lo expresó la asesora jurídica de la organización y la abogada del caso, Alicia Muíño, quien insistió en que la Agencia Tributaria deberá efectuar los trámites oportunos para "revertir las situaciones injustas". Pese a confiar en que la Administración acatará esta sentencia "sin mayor problema", también pusieron a disposición de los afectados los servicios jurídicos de Fademur y Unións Agrarias para iniciar acciones legales.

Por su parte, la responsable de Fademur indicó que la sentencia del TSXG forma parte de la "lucha por el reconocimiento" de la cotitularidad de las explotaciones y aseguró que situaciones como la de Serafina Domínguez, son una consecuencia de que la "igualdad real y legal no llegue a las explotaciones agrarias". Asimismo atribuyó este caso a una "deriva de la complejidad administrativa que se da dentro de las explotaciones agrarias".

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