La Xunta confía en que la nueva Ley de Comercio de Galicia entre en vigor en marzo de 2010

Actualizado: viernes, 11 septiembre 2009 18:31

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 11 Sep. (EUROPA PRESS) -

Las "mejores previsiones" de la Consellería de Economía e Industria establecen el mes de marzo de 2010 como fecha para la entrada en vigor de la nueva Ley de Comercio de Galicia, según indicó hoy el Gobierno gallego, que publica en la web de este departamento los 12 artículos que modifican la legislación de 1988 para adaptarla a la Directiva de Servicio Europea, para lo que tiene de plazo hasta el 28 de diciembre del presente año.

La consellería tiene abiertos dos procesos legales, uno de ellos para adaptar la normativa a los mandatos europeos y otro para elaborar un nuevo texto, que será presentado "próximamente" y que es el que está previsto aprobar de forma definitiva en el próximo mes de marzo.

Con la publicación en la página web de las modificaciones, el texto se somete a la fase de exposición al público, dentro de la que existe un plazo de diez días para presentar alegaciones, antes de que la normativa termine el proceso.

El Gobierno gallego eliminará, como ya había anunciado, el apartado introducido en la legislatura pasada --el texto no llegó a ser aprobado-- en el que se requería que los comercios rotulasen, al menos, en gallego.

Asimismo, la Xunta pretende resolver el conflicto de la doble autorización para los grandes centros comerciales. Según los artículos modificados, el "requisito imprescindible" para la apertura de un establecimiento comercial será la obtención de "la licencia municipal de apertura o la autorización comercial de la Comunidad Autónoma en los supuestos previstos en esta ley".

MÁS DE 2.500 METROS CUADRADOS

Dichos supuestos incluyen la instalación, ampliación y traslado de los establecimientos comerciales que tengan "una incidencia ambiental, territorial, urbanística y en el sistema viario" que trascienda el término municipal. Tienen incidencia supramunicipal, concreta el texto, los comercios en suelo urbano no consolidado o los que estén en suelo urbanizable y tengan una superficie útil de venta superior a 2.500 metros cuadrados.

En estos casos requerirán una autorización previa de la consellería con competencias en comercio y seguidamente se concederán las correspondientes licencias municipales. El texto establece también la creación de una comisión interadministrativa, que funcionará como órgano consultivo, y la obligación de que los ayuntamientos informen acerca de los establecimientos para que estén incluidos en el Rexistro Galego de Comercio.