Pesca.- Pedraz archiva la denuncia por lesiones de un pirata del Alakrana porque la Armada actuó "en legítima defensa"

Cree que los miembros de la fragata 'Canarias' realizaron "disparos intimidatorios" porque pensaron que el corsario "iba a sacar un arma"

Europa Press Galicia
Actualizado: viernes, 5 marzo 2010 18:07

MADRID, 5 Mar. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz archivó hoy la denuncia por lesiones que el presunto secuestrador del 'Alakrana' Raageggesey Hassan Adji presentó por la herida de bala que sufrió cuando fue detenido el pasado 3 de octubre, al considerar que la Armada actuó "en legítima defensa" y que los hechos no son "constitutivos de una infracción criminal".

Así consta en un auto contra el que cabe recurso en el que Pedraz señala que los integrantes del equipo de asalto de la fragata 'Canarias' que detuvieron a Hassan Adji y a su compañero Cabdullahi Cabdiwily, alias 'Abdu Willy', dispararon al primero porque pensaban que "iba a sacar un arma".

Por ello, efectuaron varios "disparos intimidatorios" como "medidas preventivas" que no pueden conllevar una responsabilidad penal porque, a juicio del juez, "era imposible discernir la existencia o inexistencia de un arma, sin poder emplearse una mayor diligencia ante el desarrollo de los acontecimientos".

NO HUBO DOLO NI IMPRUDENCIA

El magistrado, que investiga a los dos somalíes por el cautiverio que los 36 marineros del 'Alakrana' --16 de ellos españoles-- sufrieron durante 47 días, también considera que "no existió dolo o imprudencia en la conducta de los militares" que intervinieron en la detención puesto que "no pudieron actuar de otra forma ante la conducta desplegada por el lesionado".

También apunta que los tripulantes del esquife "procedían del pesquero asaltado con armas", que hicieron "caso omiso" del aviso de los asaltantes y que el denunciante se levantó "bruscamente" e hizo "un movimiento extraño con la mano".

"Lógicamente, la fuerza actuante habría de suponer que portara armas, con lo cual la única forma de actuar era disparar para intimidarle y evitar un posible disparo hacia aquellos, siendo significativo que la herida no afectó ni a a órganos internos ni huesos, lo que confirmaría que los disparos fueron intimidatorios, máxime a la distancia que se efectuaron", señala.

Ayer, Pedraz rechazó la personación del acusado en la causa que está instruyendo por el secuestro del atunero. La decisión del juez, que ha contado con el aval de la Fiscalía, se produjo después de que el abogado de oficio del presunto corsario ni siquiera explicitara en su escrito si su acusación se dirigía contra los miembros de la fragata 'Canarias' que llevaron a cabo la detención de los dos somalíes cuando abandonaban el atunero español en un esquife.

UN DISPARO SUPERFICIAL EN EL PECHO

Hassan Adji sufrió "una herida de bala con orificio de entrada y salida a la altura del pecho, de carácter superficial" y que no afectó a "ningún órgano vital", según recogía el auto dictado el pasado 5 de octubre por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por el que ordenó el traslado "urgente" a España de los dos detenidos.

Los dos somalíes, que habían abandonado el 'Alakrana' en un esquife, fueron detenidos por dos equipos de asalto de la fragata 'Canarias' después de que un helicóptero de apoyo les informara de que ambos "se hallaban tumbados y cubiertos con una manta en la zona de popa".

"Cuando se hallaron a unos cinco metros del esquife, se ordenó a los ocupantes que se incorporaran y se trasladaran a proa, sin resultado positivo", según relataba el auto de Garzón, que sustituyó a Pedraz al comienzo de la instrucción.

En vista de la "renuencia a obedecer las órdenes" de los dos somalíes, el jefe del equipo de asalto "decidió proceder al abordaje del esquife", momento en el cual "una de las personas se levantó brusca y repentinamente iniciando un movimiento sospechoso con la mano, por lo que miembros de las fuerzas asaltantes hicieron dos disparos de intimidación, constatándose después que uno de ellos había impactado en los ocupantes del esquife".

DILIGENCIAS PENDIENTES

Pedraz se vio obligado a reabrir la investigación sobre el secuestro del 'Alakrana' después de que la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal revocara el pasado 9 de febrero el auto de conclusión del sumario y le ordenara la práctica de varias diligencias que consideraba "ineludibles" para la investigación antes de la celebración del juicio oral.

Los dos somalíes están procesados por 36 delitos de detención ilegal --uno por cada uno de los tripulantes del pesquero secuestrado-- y robo con violencia y uso de armas, por los que podrían ser condenados a penas de entre 219 años y medio y 365 años de cárcel.

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