Archivo - Fachada del edificio del Ayuntamiento de Palma en la Plaza de Cort. - EUROPA PRESS - Archivo
PALMA, 10 Nov. (EUROPA PRESS) -
Las personas que realicen la transmisión de un inmueble, ya sea por compraventa o herencia, tendrán que presentar en el registro del Ayuntamiento de Palma una declaración de esta transmisión, adjuntando las escrituras de compra y de venta.
Este miércoles entra en vigor el Real Decreto-ley 26/2021 de 8 de noviembre, que modifica el sistema de cálculo de la plusvalía de los terrenos de naturaleza urbana, para adaptarlo a la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 de 26 de octubre.
En estos momentos, dado que el Ayuntamiento está adaptando su sistema informático al nuevo sistema de cálculo, no es posible autoliquidar ni liquidar el impuesto.
El regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública, Adrián Garcia ha aclarado que se ha modificado el sistema de cálculo, pero no los plazos. Así, deberá presentarse esta declaración de la transmisión al registro en el plazo de un mes desde la compraventa y seis meses prorrogables en caso de herencia. A todas las personas que presenten esta declaración en plazo, no tendrán ningún recargo.
En el momento en que se hayan modificado los sistemas informáticos, el Ayuntamiento realizará la liquidación del impuesto de plusvalía y notificará a la persona la liquidación tributaria que le corresponda.
García ha precisado que el Consistorio "entre las dos opciones posibles lógicamente elegirá la más económica".
El regidor ha agradecido la "rápida reacción del Gobierno central a la hora de dar, en cuestión de días, una herramienta tan importante para los municipios después de la sentencia del Tribunal Constitucional".
En paralelo, Cort ha iniciado los trámites pertinentes para adecuar la Ordenanza fiscal municipal de la plusvalía al Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, pero de todos modos, el Real Decreto-ley es de aplicación inmediata.