Condenan a tres años de cárcel al delegado balear de una empresa de recreativos por apropiarse de más de 224.000 euros

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 21:58

PALMA DE MALLORCA, 1 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a tres años de cárcel al acusado de apropiarse ilícitamente, como delegado en Baleares de una empresa de recreativos, de hasta 224.303 euros que obtuvo progresivamente de la venta de este tipo de máquinas a terceros, una práctica que estuvo llevando a cabo entre 2004 y 2007, y por la que fue juzgado a principios de este mes.

Y es que, según la sentencia de la Sección Primera a la que ha tenido acceso Europa Press, pese a que el inculpado, Enrique R.R., como delegado y máximo responsable de Recreativos Orenes en las islas, tenía entre sus funciones la de vender máquinas recreativas y gestionar los cobros de las mismas, los fue incorporando progresivamente a su patrimonio, lejos de entregar a la empresa el dinero y los efectos contables percibidos.

En concreto, el tribunal le condena como responsable de un delito continuado de apropiación indebida, además de a los tres años de cárcel, a indemnizar a la mercantil en la cantidad defraudada y al pago de una multa de 300 euros.

Por su parte, la Fiscalía solicitaba dos años después de que el acusado reconociera los hechos, si bien la acusación particular, ejercida por el abogado Fernando Mateas en representación de la empresa perjudicada, reclamaba hasta seis años de cárcel por considerar que cometió un delito continuado de apropiación indebida agravado (teniendo en cuenta que la defraudación conjunta superaba los 50.000 euros).

Frente a ello, tanto el Ministerio Público como la defensa del acusado alegaban que éste se fue apropianbdo de cantidades que en algunos casos serían constitutivas de falta por ser inferiores a 400 euros, sin que ninguna superase los 50.000, por lo que rechazaban que se calificasen los hechos de forma continuada y agravada. No obstante, el reo solicitaba que, en caso de que no se aceptasen sus argumentos, fuese compensado con la atenuante de confesión.

Al respecto, la Audiencia rechaza sin embargo aplicar esta atenuante al alegar que, partiendo de que la colaboración de un acusado "ha de ser inicialmente eficaz", en este caso "no sólo no fue veraz, sino que fue parcial y exculpatoria" mientras que, por otro lado, Enrique R.R. "no facilitó la investigación sino que ha sido necesaria una larga instrucción para poder determinar todas las apropiaciones" que han quedado probadas.

Como delegado de la empresa, el acusado debía gestionar los cobros de sus ventas bien a través de efectos mercantiles o mediante entregas en efectivo, cantidades que debían quedar reflejadas documentalmente mediante el sistema de caja. No obstante, el empresario fue apropiándose ilícitamente de los fondos que percibía así como de los originales de los pagarés emitidos por cuenta de terceras empresas.