El Govern actualiza los servicios de seguridad en los edificios públicos ante los nuevos riesgos

Archivo - Pancarta colocada en el balcón de Consolat de Mar por el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.
Archivo - Pancarta colocada en el balcón de Consolat de Mar por el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas. - CONSELLERIA DE PRESIDENCIA - Archivo
Europa Press Islas Baleares
Publicado: viernes, 16 enero 2026 15:06

PALMA 16 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consell de Govern ha aprobado un decreto por el cual se actualiza el servicio de vigilancia y protección de los edificios e instalaciones de la administración autonómica para hacer frente a los nuevos riesgos.

Lo ha anunciado el portavoz del Ejecutivo autonómico, Antoni Costa, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consell de Govern celebrada este viernes.

Esta norma, ha explicado, actualiza y sustituye la regulación vigente hasta el momento, que databa del año 1996 y había quedado "desfasada ante los nuevos riesgos, amenazas y avances tecnológicos en materia de seguridad".

El Decreto desarrolla la competencia exclusiva que tiene la comunidad autónoma en esta materia, reconocida en el Estatut d'Autonomia y en la Constitución Española.

El objetivo, ha subrayado el vicepresidente del Govern, es garantizar una protección eficaz de los edificios públicos, los bienes que albergan y las personas que trabajan en ellos o los utilizan diariamente.

Con esta nueva regulación, el Govern adapta el Servicio de Seguridad de la CAIB al actual marco normativo y deroga expresamente la orden de 1996 por la que se creó el Servicio de Seguridad, así como los decretos a través de los cuales se organizaba dicho servicio.

El nuevo decreto define cómo funcionará el Servicio de Seguridad, adscrito a la Dirección General de Emergencias e Interior, que tendrá entre sus principales el control de accesos a los edificios autonómicos, la vigilancia presencial y electrónica o la planificación y supervisión de los sistemas de seguridad.

También la gestión del Centro de Control de Seguridad y la actuación ante incidencias o situaciones imprevistas. La norma regula la organización interna del Servicio, con una jefatura, un área operativa y un área de apoyo a los órganos de contratación.

Como novedad, desarrolla parcialmente la ley de cuerpos y escalas de la administración de la CAIB en lo relativo a la escala de seguridad pública y establece el régimen jurídico, la formación y los medios del personal del Servicio de Seguridad. Asimismo, prevé un proceso para que el personal laboral pueda acceder al régimen funcionarial conforme a la normativa de función pública autonómica.

En cuanto a la convivencia con las empresas de seguridad privada, la norma deja claro que la administración podrá seguir contratando estos servicios mediante procedimientos de contratación pública, pero siempre bajo la dirección, coordinación y supervisión del Servicio de Seguridad.

De este modo, ha subrayado Costa, se garantiza una actuación "homogénea, coordinada y alineada" con los protocolos establecidos por la administración.

Contenido patrocinado