El Govern aprueba ejecutar inmediatamente el proyecto del Centro Internacional de Fotografía Toni Catany

Centre Toni Catany
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR - Archivo
Actualizado: viernes, 14 diciembre 2018 13:25

PALMA DE MALLORCA, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -

La portavoz del Govern, Pilar Costa, ha anunciado este viernes la aprobación de la ejecución del proyecto del Centro Internacional de Fotografía Toni Catany, en Llucmajor, al amparo del artículo 149.3 de la Ley de urbanismo de Baleares.

Según ha informado Costa en rueda de prensa, mediante un acuerdo del Consell de Govern de 21 de septiembre de 2018, se inició el procedimiento para la aprobación del proyecto de construcción de la sede del Centro Internacional de Fotografía Toni Catany.

Dado que concurren razones de urgencia y de interés público excepcional en la tramitación y la aprobación del proyecto de la sede del Centro Internacional, el Govern ha procedido a comunicar el Acuerdo tanto al Ayuntamiento de Llucmajor como al Consell Insular de Mallorca.

A partir de esta declaración, la Conselleria de Cultura, Participación y Deportes adoptará las medidas adecuadas para proceder a la ejecución inmediata del proyecto integrado de actividades y construcción del Centro.

En el plazo de un mes, el Ayuntamiento de Llucmajor notificó a la Conselleria de Cultura, Participación y Deportes, en fecha 16 de octubre, la disconformidad del proyecto con el planeamiento urbanístico del municipio, si bien manifestó que se trataba de un proyecto de gran interés para el municipio.

Ante esta disconformidad, el día 24 de octubre se trasladó el proyecto al Consell Insular de Mallorca para que, en un plazo de quince días, emitiera un informe. La institución insular, mediante un informe de día 15 de noviembre, no se opuso a la aprobación del proyecto, pero recordó, con carácter general, la necesidad de observar la legislación general aplicable.

Con este informe previo del Consell Insular, el Consell de Govern ha decidido ejecutar el proyecto de forma inmediata y con exención de la licencia o del régimen de comunicación y, en este caso, ordena la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento urbanístico, de acuerdo con la tramitación establecida en la ley.

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