MENORCA 18 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Abogacía del Estado y ha determinado que la empresa menorquina de transportes Autocares Torres Allés debe volver a ser juzgada por la Audiencia Nacional "bajo otros criterios" para determinar si participó en el cartel de transporte escolar, por el que 35 empresas de Baleares acordaron la presentación de las ofertas para hacerse con las licitaciones que convocaba el Govern.
Autocares Torres Allés, con sede en Ciutadella, fue multada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) con 118.296 euros. Se le acusaba de participar en un cartel para acordar precios y repartirse rutas de transporte escolar en Baleares.
Sin embargo, tanto la empresa menorquina como el resto de empresas sancionadas recurrieron la decisión del CNMC y, finalmente, la Audiencia Nacional dio la razón en el año 2022 a los transportistas y declaró nulas las sanciones.
En la sentencia se consideró que el hecho de que las empresas operaran en mercados geográficos distintos eliminaba toda posibilidad de que fueran competidoras, y por tanto autoras de una infracción de cartel.
Posteriormente, la Abogacía del Estado presentó un recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 26 de abril de 2022.
El Tribunal Supremo ha determinado que "la actividad de que se trata y la insularidad de los territorios en los que se desarrolla, la delimitación del mercado geográfico no es un elemento del tipo de la infracción tipificada en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea".