PALMA, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -
El plazo para presentar las solicitudes para acogerse a la regularización extraordinaria de personas migrantes de forma presencial ha arrancado este lunes en Palma con tranquilidad y sin grandes colas.
Tanto en la oficina de Correos de la calle Constitució como en la de la calle Pau Piferrer, dos de las ocho en las que se puede presentar la documentación en Baleares, el ambiente era calmado desde primera hora de la mañana, según ha podido comprobar Europa Press.
Trabajadores de los centros han explicado que el hecho de que haya que solicitar cita previa y que estas se estén otorgando con cerca de media hora de diferencia entre sí está contribuyendo a evitar aglomeraciones, como sí ha sucedido a la hora de solicitar el certificado de vulnerabilidad.
No obstante, sí que se ha registrado cierta afluencia de personas migrantes que han acudido a las oficinas a presentar la documentación requerida para iniciar los trámites.
Este lunes 20 de abril ha arrancado el plazo para poder presentar la documentación requerida para acogerse a la regularización de forma presencial, aunque ya se podía hacer de forma telemática desde el pasado jueves 16 de abril.
En las primeras 24 horas desde la apertura del plazo telemático se registraron 13.500 solicitudes. En el mismo periodo, además, se solicitaron 19.633 citas previas, que se han comenzado a conceder esta mañana.
Estas citas presenciales se atenderán en más de 370 oficinas de Correos, en más de 60 oficinas de la Seguridad Social y en cinco oficinas de extranjería ubicadas en Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia.
En Baleares son ocho las oficinas de Correos habilitadas, cinco de ellas en Palma y una en Calvià, Maó, y Eivissa, respectivamente. También está habilitada la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ubicado en la capital balear.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha recordado que no se atenderá sin cita previa y que se han habilitado horarios específicos para no interceder con el resto de trámites, que se seguirán llevando con normalidad en dichas oficinas.
Las solicitudes se pueden presentar de lunes a viernes en las oficinas de la Seguridad Social de 16.00 a 19.00 horas; en Correos, de 08.30 a 17.30 horas; y en las oficinas de extranjería de 16.00 a 19.00 horas.

¿CÓMO SOLICITAR CITA PREVIA?
En el portal de la Regularización del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de Cl@ve, se puede seleccionar oficina, fecha y hora para solicitar cita previa.
Si no se dispone de sistema Cl@ve también es posible pedir a alguien que disponga de este servicio que solicite cita para la persona interesada.
Asimismo, se puede solicitar cita previa a través de un formulario web. No se puede escoger la oficina ni la fecha, ya que se asignará la más cercana a las referencias aportadas.
Otra posibilidad de solicitar cita previa es llamando al teléfono 060, con atención en español. El horario de atención es de 09.30 a 14.00 horas y 16.30 a 19.30 horas, de lunes a viernes.
Las comunicaciones posteriores se realizarán preferentemente por la misma vía en la que se inició la solicitud. Por ello, se solicita a efectos de notificación que se rellene con atención la información personal y de contacto en el momento de la solicitud.
El plazo de solicitud se abrió el 16 de abril, con el inicio de la tramitación de solicitudes telemáticas y del sistema de cita previa para la vía presencial. El plazo de solicitudes para ambas vías estará abierto hasta el 30 de junio.
REQUISITOS PARA ACOGERSE A LA REGULARIZACIÓN
Los extranjeros podrán acceder a la regularización si se encuentran en una de estas dos situaciones: si han solicitado protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026 o si se encuentran en situación administrativa irregular y llegaron a España antes de la misma fecha.
Para ello, tendrán que acreditar encontrarse en el país desde antes del 1 de enero de 2026 y haber permanecido en España de forma ininterrumpida al menos cinco meses antes del momento de presentación de la solicitud.
Para justificar la estancia en España, tanto los solicitantes de protección internacional como las personas en situación administrativa irregular podrán presentar documentos públicos o privados o una combinación de ambos que contengan datos personales que puedan acreditar su identidad y que estén fechados.
Además, será requisito imprescindible carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
Las personas en situación administrativa irregular deberán acreditar uno de los siguientes tres supuestos: haber trabajado con contrato legal por cuenta ajena o propia en España; contar con una unidad familiar compuesta por hijos menores de edad, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado; o acreditar su situación de vulnerabilidad.
Para esto último, podrán descargar un certificado de vulnerabilidad alojado en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Para su presentación, este documento deberá estar acreditado y sellado por las autoridades competentes, bien las Entidades inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería o los servicios sociales.
La admisión a trámite de la solicitud habilita automáticamente para residir y trabajar en todo el territorio nacional español y en cualquier sector de actividad. Se dotará de un número personal de Seguridad Social a la persona solicitante.
En el plazo de un mes desde que haya recibido la resolución favorable definitiva el beneficiario deberá presentar su solicitud para obtener la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE).
El proceso de regularización otorga una especial protección a los menores de edad, concediendo una autorización de residencia por cinco años. Además, se podrá gestionar en una misma cita y de manera simultánea las solicitudes de los miembros de una misma unidad de convivencia.