El TS rechaza revisar la sentencia que condenaba a prisión a Matas y al redactor de sus discursos

Antonio Alemany, junto a su abogado
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 15 octubre 2015 14:56

PALMA DE MALLORCA, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

 La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado autorizar al periodista Antonio Alemany, que durante varios años redactó los discursos del expresidente del gobierno balear Jaume Matas, a interponer recurso de revisión contra la sentencia del Alto Tribunal que, en julio de 2013, le condenó a dos años y tres meses de prisión por el primer juicio del caso Palma Arena. Matas fue, por su parte, condenado a nueve meses de cárcel.

En concreto, Alemany, quien se encuentra cumpliendo condena en tercer grado, pedía la inhabilitación como testigo de cargo de la exdirectora de Comunicación del Ejecutivo autonómico Gina Garcías, cuya declaración considera que fue base para su pena. La defensa del articulista, ejercida por el abogado Javier Fernández Pineda, recalcaba que la declaración de Garcías no se ajustaba a la realidad de los hechos.

Sin embargo, el TS asevera en un auto que para que Alemany pudiese recurrir debería existir una sentencia penal firme por delito de falso testimonio, lo que no ocurre en este caso, por lo que el intento del articulista "está falto de fundamento".

La Sala, de acuerdo con la Fiscalía, incide en que el testimonio de Garcías no fue la única base de su condena (la Fiscalía expone en su informe que la Audiencia Provincial de Baleares recogió en su sentencia otros siete motivos para condenarle), ni tampoco puede descalificarse sin más citando otra sentencia del Supremo, dictada en julio de 2014, en relación a la negativa de la Comunidad balear de conceder una subvención a la Agencia Balear de Noticias que dirigía Alemany.

Según la resolución judicial, "darle pábulo supondría burlar" las exigencias del artículo 954.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim)", que contempla la revisión de una sentencia en los casos en que alguien haya sido condenado en virtud de un documento o testimonio declarados después falsos por sentencia firme en causa criminal o la confesión del reo haya sido "arrancada por violencia o exacción", entre otros motivos.

"No estamos en rigor ante nuevos elementos de prueba. Además, carecen de toda capacidad para evidenciar la inocencia del solicitante: la condena se apoyaba en elementos probatorios plurales que no quedan desvirtuados por esas alegaciones", añade el auto.

IRREGULARIDAD ADMINISTRATIVA

En concreto, el Supremo resumía en una irregularidad administrativa lo que para los magistrados de la Audiencia Provincial de Baleares suponía una clara defraudación a la Administración y la comisión de delitos de malversación, prevaricación y falsedad por parte de Alemany: la convocatoria de un concurso público que sirviese de pantalla para contratar los servicios de Alemany y beneficiarle con fondos públicos por la redacción de los discursos de Matas.

El tribunal de la Sala de lo Penal aseveraba que en los hechos juzgados en el primer juicio del caso Palma Arena "no se encuentra ese fraude o engaño para perjudicar a la Administración". "Podrá existir una irregularidad administrativa e incluso otra figura delictiva, pero de ningún modo pueden apreciarse los elementos" relativos a una posible defraudación.

Es más, el TS llegaba a afirmar que el contrato suscrito para contratar a Alemany "tenía como fin cumplir un servicio público", un interés público que, añade, "efectivamente se prestó".

Más en concreto, el tribunal se refería a la articulación de la convocatoria de la que resultó adjudicataria la agencia de comunicación Nimbus, tras la cual se formalizó un contrato con esta mercantil -que en mayo de 2003 se había encargado de la organización de la campaña electoral del PP- y que, según sostenía la Audiencia, sirvió de pantalla para poder pagar la redacción de las intervenciones públicas de Alemany.

LOS TRABAJOS SE LLEVARON A CABO

En este sentido, la Sala consideraba "especialmente significativo" que la Audiencia declarase que el contrato otorgado en materia de asesoramiento y comunicación sirvió para retribuir todos los servicios que Matas le encomendó, y que "efectivamente llevó a cabo durante toda la legislatura". Unos trabajos que fueron entregados a través de Consultores de Información de Baleares, propiedad de Alemany, que a su vez los facturaba mensualmente a Nimbus.

En el caso de Matas, la Audiencia le condenó a seis años de cárcel al considerar probado cómo el exlíder del PP intervino en la contratación de Alemany, si bien el Supremo rebajó la pena a nueve meses.

No obstante, no es esta la única condena que pesa sobre el expresidente puesto que también le fue impuesta una segunda pena en 2013 por un delito de cohecho, en su consideración de pasivo impropio, concretada en el pago de una multa total de 9.000 euros y en el comiso de los 42.111 euros que recibió como regalo a través de la contratación ficticia de su mujer por parte de un conocido hotelero mallorquín.

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