El TSJIB confirma la decisión del Govern de denegar la petición para que un alumno reciba un 25% de clases en castellano

Archivo - Escudo en la entrada de la Audiencia Provincial y el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
Archivo - Escudo en la entrada de la Audiencia Provincial y el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. - EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: jueves, 23 mayo 2024 18:12

PALMA, 23 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado el recuso presentado por un padre de un colegio de Mallorca que solicitaba al Govern que su hijo recibiera al menos el 25 por ciento de las asignaturas en castellano.

El Govern desestimó su solicitud y se opuso a la demanda y, según el Tribunal, la petición no se fundamenta en ninguna ley autonómica o estatal, sino que se fundamenta en las sentencias del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo que fueron dictadas en relación con el sistema educativo catalán, según ha informado el TSJIB en una nota de prensa.

En este sentido, los magistrados consideran que la respuesta que dio la Administración catalana, en los casos a los que hace referencia el demandante, no pueden aplicarse en su caso. Así, el Tribunal destaca que la premisa del padre de que el sistema educativo balear y catalán son idénticos "no está justificada ni puede ser aceptada". Según los jueces, la parte recurrente no analiza las normas educativas de Baleares y tampoco analiza su articulado ni el tratamiento de las lenguas vehiculares.

Los magistrados rechazan en la sentencia el argumento principal de la tesis del demandante, que se fundamenta en sentencias dictadas a partir de una legislación diferente. Según apuntan, el sistema educativo balear no impide un modelo binario, por tanto, que el 25 por ciento de las asignaturas troncales se impartan en castellano como lengua vehicular no es el único medio para respetar lo indicado por el Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo.

Igualmente, la Sala señala que si la administración educativa de Baleares no pudiera garantizar a los padres la posibilidad de elegir un centro público, en el mismo municipio, en que la lengua vehicular no fuese únicamente el catalán, debería concluirse que la administración no respeta la Ley de educación balear.

Además, los jueces apuntan que la petición del padre, al ser exclusivamente para el curso y colegio concretos, no asegura que el principio de conjunción lingüística del sistema educativo balear sea real.

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