MENORCA, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Alaior ha hecho pública este lunes la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) con fecha del pasado 9 de febrero que concluye que la titularidad del Camí d'en Kane, Camí de Torralba, Camí de Binifabini y la carretera de Son Bou corresponde al Consell Insular de Menorca.
Cabe destacar que el Consistorio recurrió la sentencia del juzgado contencioso administrativo número 1 de Palma en la que se desestimaba su demanda y daba la razón al Consell Insular de Menorca en noviembre de 2020.
Según la sentencia del TSJIB, el núcleo de la controversia consistía en dilucidar si los caminos eran de titularidad municipal o insular, bajo la premisa de si pertenecen a la red viaria local o secundaria --respectivamente--, a fin de determinar a quién corresponden las competencias relativas a los mismos.
El texto indica que, a petición del Ayuntamiento de Alaior, se practicó una prueba pericial por parte de un ingeniero de caminos, quien determinó que las cuatro carreteras sirven de comunicación intercomarcal y cumplen una función que supera el ámbito municipal distribuyendo el tráfico por todo el ámbito insular.
"A partir del contenido del detallado informe pericial y de sus conclusiones, esta sala considera demostrado que los cuatro caminos reúnen las condiciones de integración en la Red Secundaria, y, por consiguiente, su titularidad corresponde al Consell Insular, entidad a quien le corresponde ejercer las consiguientes competencias sobre estas vías, de acuerdo con el art. 5 de la Ley Balear 5/1990", concluye la sentencia.