Bruselas propone eximir del IVA a suministros para fuerzas militares que participan en operaciones de la UE

Publicado: miércoles, 24 abril 2019 15:14

BRUSELAS, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea ha propuesto este miércoles eximir del Impuesto al Valor Añadido (IVA) e impuestos especiales a los suministros destinados a las fuerzas militares de los Estados miembro que participan en operaciones de la UE, como ya ocurre en el caso de las operaciones de la OTAN.

"Con esta propuesta, el alcance de las exenciones será similar para los esfuerzos de defensa de la OTAN y de la Unión", explica el Ejecutivo comunitario en su propuesta de directiva, cuyo objetivo es equiparar el tratamiento fiscal entre ambas organizaciones tal y como adelantaba el plan de la UE para impulsar la movilidad militar, es decir, facilitar el despliegue de fuerzas y equipos militares por Europa.

El Ejecutivo comunitario plantea eximir del impuesto del IVA a las operaciones y misiones militares en el marco de la Política de Seguridad y Defensa Común europea en el exterior pero también actividades dentro de la Unión como el despliegue en el cuartel operativo, los movimientos en tránsito, pre-despliegues, repliegues y ejercicios, así como los despliegues con grupos de combate de la UE en el exterior.

Eso sí, el Ejecutivo comunitario deja claro que los cuarteles operativos y otros organismos que se creen en el marco de la Política de Seguridad y Defensa Común europea quedarán exentos "bajo las condiciones y limitaciones del Estado miembro de acogida", encargado de definirlas.

Los proyectos en el marco de la cooperación estructurada permanente de defensa (PESCO) y las actividades de la Agencia Europea de Defensa (EDA) que implican el despliegue de fuerzas de un Estado miembro a otro también podrán acogerse a las exenciones.

Eso sí, "la exención no estará para las fuerzas armadas de otros países que han firmado acuerdos administrativos con la EDA" aunque los países de la OTAN que no pertenecen a la UE sí podrán "beneficiarse de las exenciones existentes".

El Ejecutivo comunitario estima el 10% de los 5.300 millones de euros de gasto subcontratado para operaciones y mantenimiento por todos los Estados miembro con la excepción de Dinamarca que no participa en la EDA en 2014 podrían quedar exentos del IVA con las nuevas normas o ya estaría cubierto por la exención existente para las actividades de la OTAN como el suministro de alimentos, combustible, líquidos especiales, equipos, electricidad, agua, gas, medicamentos y servicios de comunicación, catering, mantenimiento, reparación, transporte y tasas de carreteras.

En el caso de los impuestos especiales, el combustible y la electricidad serán los principales productos exentos y el Ejecutivo comunitario también estima que "al igual que con el IVA, se puede asumir que alrededor del 10% de tales costes quedarán exentos" en el futuro aunque no hay "datos disponibles" para cuantificar el impacto.

El Ejecutivo comunitario plantea que "todos" los Estados miembros compensen el IVA que "algunos" perderán a través de los recursos propios del presupuesto europeo.

La exención también cubrirá la asistencia entre países en virtud de la cláusula de asistencia mutua, en caso de una agresión armada a un Estado miembro en virtud del artículo 42 del Tratado de la UE, aunque el Ejecutivo comunitario admite en el documento que "no es posible predecir el impacto en los ingresos por IVA e impuestos especiales por las exenciones para la asistencia mutua".

LA CLÁUSULA DE SOLIDARIDAD O LOS DESPLIEGUES POR SEGURIDAD Y HUMANITARIOS, NO CUBIERTOS

Pero no cubrirá en cambio la cláusula de solidaridad en virtud del artículo 222 del Tratado de la Unión -invocada por primera vez por Francia tras los atentados de París en noviembre de 2015 y que llevó a algunos países a aumentar sus efectivos en la operación de la UE para entrenar al Ejército de Malí.

Tampoco podrán acogerse a la exención fiscal los despliegues de las Fuerzas Armadas por motivos de seguridad o tareas humanitarias o de rescate.

Como ocurre en el caso de la exención para las actividades en el marco de la OTAN, los suministros domésticos para las fuerzas militares nacionales como piezas de repuesto para equipos militares o servicios como la reparación o de transporte y la construcción de infraestructuras de comunicación, información o transporte tampoco se podrán beneficiar.

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