España/Bosnia.- España autoriza la firma de un acuerdo con Bosnia para la readmisión de personas en situación irregular

Actualizado: viernes, 7 julio 2006 18:54

MADRID, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del acuerdo entre el Reino de España y Bosnia y Herzegovina, relativo a la readmisión de personas en situación irregular, así como su aplicación provisional.

Este Acuerdo trata de facilitar la repatriación de aquellas personas que se encuentran irregularmente en el territorio de ambos países, sobre la base de la reciprocidad y respetando las obligaciones y garantías contempladas tanto en las legislaciones nacionales internas, como en los Convenios internacionales.

Se regulan las condiciones en que los dos países se comprometen a readmitir en su territorio a toda persona que no cumpla o haya dejado de cumplir las condiciones de entrada o de estancia aplicables en el territorio del país requirente, siempre que se acredite o se presuma que posee la nacionalidad del Estado requerido.

También se regulan la readmisión y las condiciones de tránsito de nacionales de terceros Estados, las disposiciones sobre costes y las relativas a la protección de datos personales.

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Reino de España y la República de Moldavia.

El Acuerdo es similar a otros Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones firmados por España con otros países, en todos los cuales se sigue el modelo elaborado por la OCDE.

Las inversiones cubiertas por el Acuerdo son, aunque no de forma exclusiva, las siguientes: propiedad de bienes muebles e inmuebles, así como otros derechos reales tales como hipotecas, gravámenes y prendas; acciones, obligaciones o cualquier otra forma de participación en una sociedad o empresa mercantil; derechos a aportaciones monetarias que tengan un valor económico y estén relacionados con una inversión y derechos a realizar actividades económicas y comerciales otorgados por la ley o en virtud de un contrato, incluidas las concesiones para la explotación de recursos naturales.

El Acuerdo permanecerá en vigor por un periodo inicial de diez años, tras el cual prorrogará automáticamente su validez por períodos consecutivos de diez años, salvo que seis meses antes de la expiración del período inicial o de cualquiera de las prórrogas, cualquiera de los dos países notifique a la otra su deseo de denunciarlo.