España/EEUU.- La Audiencia Nacional acepta la extradición a EEUU de Al Kassar con la condición de que no sea ejecutado

Actualizado: viernes, 26 octubre 2007 16:20

MADRID, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia aceptó hoy la extradición a Estados Unidos del ciudadano sirio Mozer Al Kassar, con el voto particular en contra de la jueza Teresa Palacios, una de los tres magistrados que componían el tribunal que examinó el pasado día 4 la solicitud de las autoridades norteamericanas, que le consideran culpable de un delito de tráfico ilegal de armas. El tribunal ha impuesto la condición de que el acusado no sea condenado a pena de muerte, especifica el auto, hecho público hoy.

La defensa del sirio tiene la posibilidad de recurrir la decisión del tribunal ante el pleno de la Sala de lo Penal, que revisaría entonces la decisión tomada por la Sección Cuarta. En todo caso será el Consejo de Ministros el que decida en última instancia la entrega de Al Kassar a Estados Unidos, informaron fuentes jurídicas.

Según concreta el auto, la entrega de Al Kassar se realiza bajo la condición de que el sirio no sea condenado a muerte en Estados Unidos ya que el artículo 7 del Tratado de Extradición de España y Estados Unidos establece que cuando delito por el cual se pide la extradición pueda ser castigado con la pena de muerte la extradición sea denegada.

El artículo especifica que la entrega del acusado podría realizarse en el caso de que el Estado que reclama "ofrezca garantías consideradas suficientes" de que no se impondrá la pena de muerte o de que si se impone "no será ejecutada".

Al Kassar, que se negó a ser extraditado, fue arrestado el 8 de junio en el aeropuerto de Barajas y está reclamado por el Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York por múltiples cargos: conspiración para matar a ciudadanos americanos, conspiración para matar a agentes y funcionarios norteamericanos, conspiración para obtener y usar misiles antiaéreos, conspiración para suministrar apoyo material y recursos a una organización terrorista internacional y blanqueo de capitales.

La Agencia Antidroga norteamericana DEA considera que la intención del sirio era vender armamento a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) con intención de atentar contra intereses de EE.UU en ese país.

Las autoridades norteamericanas defienden que el sirio ha sido una fuente de suministro de armas y equipo militar para facciones armadas que se dedican a librar conflictos violentos por todas partes del mundo. En concreto ha suministrado armas a Nicaragua, Brasil, Chipre, Bosnia, Croacia, Somalia, Irán e Irak. "Algunas de estas facciones han sido organizaciones terroristas conocidas, como por ejemplo el Frente Popular para la Liberación de Palestina", destaca EE.UU.

El Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York considera, además, que el sirio creó una red internacional de asociados criminales, empresas fachada y cuentas de banco para lavar dinero a través de cuentas bancarias que ocultaran la naturaleza ilícita de sus utilidades criminales.

OPERACIÓN IDEADA PARA ACUSARLE

El abogado defensor de Al Kassar indicó, no obstante, durante la vista de extradición, celebrada el pasado 4 de octubre, que su cliente fue objeto de una operación policial ideada para acusarle y destacó que los agentes de la agencia norteamericana se hicieron pasar por funcionarios de Nicaragua e indujeron a su defendido a la comisión de un delito.

Por su parte, el acusado se declaró inocente ante la sala y destacó que nunca ha traficado con armas. Según defendió, ha desarrollado esta actividad de forma legal como comerciante. Agregó que la solicitud de detención en su contra constituye una venganza del presidente norteamericano George W. Bush, al que ha criticado en varias ocasiones. "En EE.UU no existen garantías de que se celebre un juicio justo", dijo.

Las autoridades norteamericanas reconocen en sus argumentos que dos fuentes confidenciales que trabajaban para la DEA se reunieron con el sirio en su residencia de Marbella (España) y hablaron de una venta de armas por valor de millones de dólares a las FARC, consideradas por Estados Unidos organización terrorista. Comunicaron a Al Kassar que "necesitaban armas para la guerra que libraban en Colombia contra Estados Unidos".

Al Kassar aceptó realizar la venta y dijo a los dos agentes que su lucha también era contra Norteamérica. Así, acordó --siempre según el Tribunal Federal-- vender 4.350 fusiles de asalto AKM, 3.350 fusiles de asalto AKMS, 200 fusiles de asalto RPK, 50 fusiles de francotirador Dragunov, 500 pistolas Makarov, dos millones de cartuchos de 7,62 mm, 120 RPG lanzagranadas, 1.650 cartuchos PG-7V para granadas y 2.4000 granadas RGO-78, por un valor de entre seis y ocho millones de dólares.

Además, según EE.UU, el sirio acordó adquirir y exportar sistemas de misil tierra-aire para que las FARC pudieran efectuar atentados contra helicópteros de Estados Unidos en Colombia. El objetivo del sirio incluía también, en opinión del tribunal norteamericano, la intención de proteger las actividades comerciales de tráfico de cocaína de las FARC.

ACEPTACIÓN DE LA EXTRADICIÓN

La Sección Cuarta ha considerado que la documentación remitida por Estados Unidos respalda adecuadamente la solicitud de entrega. En cuanto a la inducción de los agentes norteamericanos encubiertos que se hicieron pasar por enlaces con las FARC, el tribunal destaca que la cuestión debe ser resuelta por el Estado que solicita la extradición.

Así, los magistrados se limitan a realizar a este respecto consideraciones generales y advierten que la provocación de delito por parte de agentes infiltrados no tiene validez en el caso de que la decisión de delinquir ya haya surgido firmemente en el sujeto con independencia del agente provocador.

Añaden que no consta que las autoridades españolas tuvieran conocimiento de la presunta actuación delictiva del reclamado y, de hecho, "no se ha iniciado en España ninguna actuación legal, lo que deja la posibilidad a Estados Unidos de reclamar al acusado. Además, señalan que la extradición debe aceptarse en aplicación de la Convención de Naciones Unidas contra Delincuencia Organizada Transnacional que especifica que se entregará a un acusado siempre que el delito sea grave, forme parte de un grupo delictivo organizado o sea un delito de carácter transnacional cometido en más de un Estado.

"La Sala no alberga duda alguna de que la reclamación presentada obedece única y exclusivamente al sometimiento a juicio del acusado" y no a la existencia de un deseo de venganza como alegó el sirio en la vista de extradición.