España.- El Gobierno remite a las Cortes el convenio de la ONU para la represión de los actos de terrorismo nuclear

Actualizado: viernes, 14 julio 2006 17:05

MADRID, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear.

El 13 de abril de 2005 la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó el Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear. Se suma a las doce Convenciones y Protocolos Internacionales en materia de terrorismo de las Naciones Unidas.

El referente más directo del Convenio es la Convención Internacional para la supresión de los Actos de Terrorismo con Bombas de 1997, muchos de cuyos artículos recoge, y la Convención Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo de 1999, ambos ratificados por España.

Se trata de un instrumento de Derecho Penal Internacional por el que los Estados firmantes se comprometen a penalizar conductas de personas y organizaciones que, "de modo ilícito e intencionadamente, posean, fabriquen, utilicen material radioactivo o un dispositivo, con el propósito de causar la muerte o lesiones corporales graves o causar daños considerables a bienes o al medio ambiente".

Cada Estado se compromete a adoptar las medidas necesarias para tipificar conforme a su legislación nacional estos delitos y a sancionarlos con penas adecuadas a su naturaleza grave. Asimismo, las disposiciones del Convenio no se aplicarán a las actividades de las Fuerzas Armadas durante un conflicto armado.

También se establecen las cláusulas de no justificación por motivos de índole política de los delitos regulados, normas de cooperación internacional y la exigencia de que los Estados firmantes hagan todo lo posible por proteger el material radioactivo.

Además, se regulan las obligaciones de investigación, procesamiento o extradición, así como las obligaciones para el control, la incautación y la entrega de material radioactivo, conforme con las salvaguardias de la OIEA, la legislación nacional y el acuerdo entre los Estados interesados.