El Juzgado de Violencia contra la Infancia realiza la primera toma de declaración a una víctima menor desde su domicilio

Sala de observación del Juzgado de Violencia contra la Infancia desde donde el resto de partes escuchaban y veían todo lo relacionada con la declaración de la víctima menor al juez
Sala de observación del Juzgado de Violencia contra la Infancia desde donde el resto de partes escuchaban y veían todo lo relacionada con la declaración de la víctima menor al juez - TSJC
Publicado: viernes, 3 marzo 2023 13:54

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 3 Mar. (EUROPA PRESS

El Juzgado de Violencia contra la Infancia y adolescencia (Instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria) - , que funciona como experiencia piloto nacional desde el 1 de octubre de 2021, ha realizado este jueves 2 de marzo la primera toma de la declaración de una víctima menor de edad de un delito contra la libertad sexual desde su propio domicilio, lugar designado por la propia víctima para prestar testimonio.

Esta novedad a la hora de prestar declaración es mayor atendiendo a que la misma tendrá el valor de una prueba preconstituida, por lo que la víctima no tendrá que acudir al acto del juicio oral, si este se produce, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en nota de prensa.

El desarrollo de la toma de declaración se produjo con el juez interrogando a la víctima en su domicilio en el partido judicial de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), mientras que el resto de las partes --cuya intervención es obligatoria: Ministerio Fiscal, profesionales de la abogacía de la perjudicada y del investigado, así como éste-- escuchaban y veían todo desde la sala de observación de las dependencias del juzgado especializado de la Ciudad de la Justicia, en Las Palmas de Gran Canaria.

Así tras concluir el interrogatorio judicial, las partes pudieron hacer a la víctima, a través del magistrado, las preguntas que consideraron procedentes, permitiendo de este modo asegurar el pleno respeto a los principios de contradicción y defensa pero, al mismo tiempo, atendiendo a las especiales circunstancias de vulnerabilidad de la víctima.

MEDICIÓN DE LA FRECUENCIA CARDÍACA Y NIVELES DE ESTRÉS

Por otro lado, se expone que tanto durante como al concluir la declaración de la presunta víctima menor de edad la frecuencia cardíaca y los niveles de estrés "fueron estables y óptimos", siendo estos elementos registrados por el juzgado a través de pulseras que porta la víctima con el fin de asegurar su bienestar durante la declaración.

Este modo de realizar la denominada prueba preconstituida, que evita que las personas denunciantes tengan que acudir al acto del juicio al quedar grabado su testimonio con los requisitos mencionados, se entiende "esencial" para casos de presuntas víctimas con discapacidad, determinados trastornos en los que un cambio de espacio pueda incidir en su testimonio o personas especialmente vulnerables necesitadas de especial protección.

Esta toma de declaración ha sido posible, según el juzgado, "a partir del impulso de la Consejería de Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias y del apoyo firme de la viceconsejera de Justicia, Carla Vallejo", ya que han dotado los medios "precisos que permitieron realizar una diligencia de un modo hasta ahora desconocido".

A través de la dotación de los dispositivos técnicos adecuados (denominados Bird en el ámbito profesional) el personal del juzgado puede conectarse telemáticamente desde cualquier punto de la isla con la Ciudad de la Justicia, logrando que el testimonio de la víctima quede grabado en alta resolución, tanto la imagen como el sonido.

Finalmente se expone que la conocida como Lopivi (Ley Orgánica de Protección a la Infancia y Adolescencia) y, en el marco de su desarrollo, la estrategia nacional de erradicación de la violencia contra la infancia y adolescencia remarcan la necesidad de crear y fomentar entornos protectores.

En este sentido, desde el juzgado se apunta que los sistemas amigables son multidisciplinares, practican la atención integral, comunican y se coordinan entre ellos, poniendo el bienestar del menor o adolescente en el centro, señalando que uno de sus objetivos es evitar la revictimización o victimización secundaria.

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