El PSOE aboga por la revisión de la normativa de acceso a la policía local y autonómica para elevar el límite de edad

Actualizado: jueves, 5 abril 2012 17:34

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 5 Abr. (EUROPA PRESS) -

El diputado del Grupo Parlamentario Socialista José Ignacio Álvaro Lavandera ha apostado por revisar las disposiciones normativas que regulan el acceso a las policías locales y autonómica en Canarias para elevar el límite de edad.

Álvaro Lavandera también ha abogado por establecer un régimen transitorio para adaptar los procesos selectivos que ya están en marcha a la nueva normativa, según informó el PSOE en nota de prensa.

Al respecto ha citado una sentencia del Tribunal Supremo (TS) donde se ha declarado contrario a derecho establecer un límite de edad máximo en los aspirantes a acceder a los cuerpos y fuerzas de seguridad, ya sean del Estado, autonómicos o locales.

En este sentido, el socialista propone al Gobierno canario estudiar jurídicamente la oportunidad de modificar la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias y la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria.

Añadió que la primera de las normas establece, en su artículo 22, entre las obligaciones para el acceso no superar los 32 años de edad antes de que finalice el plazo de presentación de instancias; mientras que para el segundo cuerpo señala, en su artículo 24, el mismo requisito y añade que si el acceso se produce desde otros cuerpos policiales, el límite de la edad máxima será de 35 años y exclusivamente para la escala básica.

Así, indicó que a raíz de esa sentencia, dictada en marzo de 2011 por el TS, "se anula el acuerdo ministerial que rechazó el recurso de reposición contra la resolución de 5 de octubre de 2007, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, declarando nulo el límite de edad".

"Está en entredicho, pues la referida sentencia crea un precedente que podrá ser instado por cualquier aspirante a ingresar en estos cuerpos de seguridad que exceda la edad contemplada en la norma, con el consiguiente perjuicio económico y administrativo en términos de gestión para las administraciones públicas convocantes", concluye.