LOGROÑO 23 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño ha decidido absolver a un hombre acusado de robar una sucursal bancaria en Haro, hecho ocurrido el 17 de octubre de 2001, por la falta de "las garantías necesarias" en su identificación por parte de los testigos.
De acuerdo con el fallo, los hechos de los que se acusaba a C.J.C. constituían un delito de robo con violencia, ya que se considera probado que, en esa fecha, un hombre irrumpió en la sucursal de Caja Burgos de la calle Prim de Haro.
Una vez en el interior del establecimiento, y, esgrimiendo lo que parecía una pistola, conminó a los que allí se encontraban a desconectar la alarma y a abrirle la caja fuerte, donde se apoderó de unos 23.500 euros, con los que logró huir.
La sentencia indica que "no hay duda sobre el hecho de que una persona entró en el interior del establecimiento y, con lo que parecía una pistola, logró apoderarse del dinero y escapar con él", lo mismo que tampoco existen dudas sobre la cantidad que robó el atracador.
Señala, sin embargo, que "lo que sí fue realmente objeto de discusión fue la identificación del acusado como la persona que entró en el establicimiento". Cita, en este sentido, algunas imágenes y fotografías de las que "no se puede extraer conclusión alguna, dada su calidad y el modo en el que están recogidas".
Asimismo, apunta que existe también en la causa la rueda de reconocimiento "sobre la que el testigo declaró en el acto del juicio y así se pudo comprobar que, pese a la afirmación realizada sobre la identificación del acusado como la persona que realizó los hechos, tal identificación no reúne las necesarias garantías en cuanto a fuerza probatoria".
En concreto, indica el fallo que "el testigo dijo que le parecía, pero que no estaba seguro, llegando a decir que se le parecía en un 60 por ciento", por lo que, dice el Juzgado, "en esta situación y a falta de otra prueba al respecto, procede el dictado de una sentencia absolutoria".