LOGROÑO 12 Abr. (EUROPA PRESS) -
La juez titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Logroño ha decidido absolver a un hombre de un delito de atentado y de otro de conducción temeraria, al encontrar en su actuación la circunstancia eximente completa de anomalía psíquica, por lo que se acuerda, además, su ingreso durante cinco años en un centro psiquiátrico.
El juicio, que se celebró el pasado día 5, se refería a unos hechos que se remontan al día 4 de mayo de 2003. En esa fecha, el implicado, A.A.H.J., conducía su vehículo en Rincón de Soto, cuando tuvo un accidente en una rotonda, en los que su coche sufrió graves daños.
Pese a ello, el hombre continuó conduciendo hasta llegar a Alfaro, donde dos policías locales uniformados "le requirieron a que moviera el vehículo, que había aparcado bloqueando la calle Cervantes".
El acusado entregó a los agentes parte de la documentación, tras lo que se dio a la fuga "conduciendo el coche por las calles de Alfaro a gran velocidad poniendo en peligro la seguridad de los peatones y demás usuarios de la vía".
Los dos policías le persiguieron y consiguieron bloquearle el paso en la calle San Francisco, donde se dirigieron andando hacia el acusado "quien, lejos de aminorar la marcha, continuó la misma, asumiendo el acometimiento a los policías, que debieron saltar para no ser atropellado".
Esta misma situación se repitió poco después, cuando, de nuevo, los agentes consiguieron interceptar al acusado en la rotonda de la carretera de Corella. Momentos más tarde de este segundo suceso, el hombre fue detenido por la Guardia Civil.
En el escrito de la acusación se detallaba que A.A.H.J. "padece un transtorno sicótico con sintomatología poliforma, síntomas paranoides y fugas psicóticas con ideación delirante, encontrándose en el momento de los hechos en fase de brote, por lo que era completamente inimputable".
Tras los sucesos, el acusado ingresó en el Hospital Provincial de Logroño, en la sección de Psiquiatría, donde permaneció un mes, tras lo que fue derivado a control ambulatorio en su unidad de salud mental.
Para la acusación, todos estos hechos suponían un delito de conducción temeraria y otro de atentado a los agentes de la autoridad, de los que era autor el acusado, en el que concurría la eximente completa de anomalía o alteración psíquica.
Por ello, señalaba que procede -como finalmente así ha sido- su absolución y su internamiento en un centro psiquiátrico adaptado a su dolencia "que no podría superar la pena privativa de libertad que se le habría impuesto, de 5 años". Por este mismo tiempo de internamiento, además, se pide la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.