Aprobados 920.000 para subvenciones a entidades deportivas riojanas que compitan en ligas regulares de carácer nacional

El portavoz del Ejecutivo regional, Alfonso Domínguez
El portavoz del Ejecutivo regional, Alfonso Domínguez - GOBIERNO DE LA RIOJA
Publicado: martes, 20 febrero 2024 12:45

LOGROÑO 20 Feb. (EUROPA PRESS) -

El portavoz del Ejecutivo regional, Alfonso Domínguez, ha anunciado que el Consejo de Gobierno ha aprobado un gasto de 920.000 euros -el 5,7% más que el año pasado (870.000 euros)- a apoyar a entidades deportivas riojanas que participan en ligas regulares oficiales de carácter nacional.

Estas ayudas autonómicas "tienen como propósito colaborar en la financiación de los gastos de naturaleza corriente derivados de la intervención en competiciones de ámbito federado", ha afirmado.

El periodo de realización de las actividades y programas deportivos que generen el gasto subvencionable, será el comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024.

RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA

La concesión se realizará mediante régimen de concurrencia competitiva y podrán acceder a ellas las entidades deportivas riojanas, inscritas o adscritas en el Registro del Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que desarrollen su actividad mayoritariamente en la región, con excepción de las sociedades anónimas deportivas, y de las agrupaciones deportivas dependientes de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Gobierno de La Rioja, que obtengan al menos el 5% del total de puntos posible.

Se entiende que una entidad desarrolla mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando su promoción deportiva y, al menos el 85% de los encuentros y entrenamientos de competiciones, los disputa en nuestro territorio.

La propuesta de concesión de ayudas corresponde a la Comisión de valoración integrada por el director general de Deporte y Juventud, Diego Azcona, y dos funcionarios de su departamento, uno de los cuales ejercerá las funciones de secretario.

CRITERIOS RELEVANTES

Entre los criterios que se tendrán en cuenta para la distribución de las ayudas figuran la presencia de la mujer en la actividad subvencionada y en los órganos directivos de la entidad solicitante, la inclusión de colectivos desfavorecidos, el fomento del deporte y del ejercicio físico entre las personas con discapacidad, y la promoción del deporte en el medio rural.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles computados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).

Las entidades deportivas deberán elevar sus peticiones telemáticamente a través del registro electrónico de la Administración de La Rioja www.larioja.org dentro del apartado de oficina electrónica 'Área temática Deportes'. Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, deberá tramitar el alta en la web institucional del Gobierno.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Entre los gastos subvencionables se contemplan el transporte y el alojamiento de deportistas y personal técnico, así como sus gastos de manutención cuando deriven de la participación en competiciones desarrolladas fuera de su localidad; los gastos de personal técnico que formen parte del cuerpo técnico de los equipos, y los ocasionados para asegurar la protección de la salud y la seguridad de practicantes y espectadores (material higiénico-sanitario, servicios de seguridad, ambulancias, equipos médicos y veterinarios, o socorristas) imprescindibles para el desarrollo de la actividad.

Las ayudas también están destinadas a sufragar el alquiler de instalaciones para el desarrollo de los entrenamientos y competiciones; la adquisición de material deportivo; los gastos federativos por concepto de arbitrajes, licencias deportivas, inscripciones, seguros u otro tipo de gastos exigidos por las correspondientes federaciones deportivas, y los programas de seguimiento médico-deportivo de los deportistas de la entidad que participen en la competición subvencionada.

Los costes indirectos, tales como recursos humanos, material de oficina, teléfono, suministro de agua, energía eléctrica y gas, comunicaciones postales o limpieza, no podrán superar en ningún caso el 10% del proyecto subvencionable aprobado. Serán subvencionables los gastos generados por nóminas y cuotas de la Seguridad Social de los deportistas, no así los del personal directivo de los equipos.