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LOGROÑO, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -
Este lunes 15 de diciembre entra en vigor en Calahorra la nueva Ordenanza reguladora de Vehículos de Movilidad Personal, aprobada en el pleno el próximo 27 de octubre. El Ayuntamiento de Calahorra ha elaborado esta normativa con el objetivo de mejorar la seguridad vial y la convivencia entre peatones y estos vehículos en la ciudad.
Se considera Vehículo de Movilidad Personal (VMP) el que tiene una o más ruedas y está dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de auto-equilibrio. La nueva ordenanza establece que la edad mínima para conducir este tipo de vehículos es 16 años.
Como parte de las acciones informativas de esta normativa, agentes de la Policía Local impartirán charlas en los centros educativos de la ESO, Bachillerato y Formación Profesional de la ciudad, dirigidas a los más jóvenes, para explicarles las principales novedades de esta ordenanza y fomentar un uso responsable de estos vehículos.
OBLIGACIONES PARA EL CONDUCTOR
Entre las principales obligaciones que recoge esta ordenanza están el uso de casco de protección y chaleco reflectante para los conductores, así como la contratación de un seguro de responsabilidad civil frente a terceros a nombre del titular o del usuario habitual.
También los VPM tienen que portar timbre y luces, que deberán encenderse para circular por la noche o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales adversas que disminuyan sensiblemente la visibilidad. La luz trasera será de color rojo y la delantera de color blanco.
Los VMP circularán por la calzada haciendo uso del centro del carril, quedando prohibida la circulación en zonas de poca visibilidad y estrechamientos sin señalizar. Está prohibido que vayan por las zonas peatonales, que incluyen aceras, andenes y paseos, salvo que existan paneles o señalizaciones que lo permitan.
Este tipo de vehículos están destinados al transporte de una única persona la que lo conduce, quedando prohibido en cualquier caso transportar a otras personas en el mismo. En cuanto a traslado de objetos, la carga no puede sobrepasar las dimensiones del VMP.
La ordenanza detalla que se debe estacionar en los lugares habilitados al efecto o en los destinados a motocicletas y bicicletas. Si no hubiera zonas próximas se permite aparcarlos en las aceras junto al bordillo, siempre y cuando se dejen más de tres metros de ancho para la circulación peatonal.
Se prohíbe el anclaje de los patinetes a árboles, bancos y marquesinas, así como estacionarlos junto a paradas de transporte público y sobre tapas de registro o servicio. Quedan excluidos de esta normativa los vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín, con una tensión de trabajo superior a 100VCC o 240VAC, los concebidos para competición y los que son para personas con movilidad reducida.
TIPO DE SANCIONES
El capítulo quinto establece el régimen sancionador. Divide las infracciones en leves, graves y muy graves, que serán sancionadas con 60, 100 y 200 euros, respectivamente. Además, en el caso de las infracciones muy graves se podrá proceder a la inmovilización del VMP.
En todo caso, será de aplicación el descuento del 50% por pronto pago si es efectuado antes de los 20 días naturales después de su notificación.
Se recogen como infracciones leves no llevar luces instaladas y conducir sin chaleco, entre otras.
Transportar a dos o más personas simultáneamente, estacionar este tipo de vehículos obstaculizando el tránsito peatonal y conducir por vías no autorizadas para ello son algunos ejemplos de infracciones graves.
La ordenanza considera infracciones muy graves conducir un VMP sin haber cumplido 16 años; sin seguro de responsabilidad civil; transportar a dos o más personas simultáneamente, si una de ellas fuera menor de edad, etc.
La redacción de esta normativa es un acuerdo plenario propuesto por el grupo municipal de Izquierda Unida, que contó con los votos a favor de Partido Popular, Vox e Izquierda Unida. Los concejales del Partido Socialista se abstuvieron. Su aprobación contó con los mismos apoyos.
REGISTRO EN EL AYUNTAMIENTO
La nueva Ordenanza reguladora de Vehículos de Movilidad Personal posibilita la creación de un registro municipal de los VMP para su correcta identificación que gestionará Policía Local.
En este registro deberá constar la identificación del titular del vehículo; la marca, el modelo, el color y el certificado de homologación y marcado CE. Asimismo, se podrá aportar documento gráfico.
Al inscribirse voluntariamente en esta base de datos se entregará un número de registro al titular del VMP. Para proceder a la inscripción el titular deberá estar empadronado en Calahorra.
La redacción de esta normativa es un acuerdo plenario propuesto por el grupo municipal de Izquierda Unida, que contó con los votos a favor de Partido Popular, Vox e Izquierda Unida. Los concejales del Partido Socialista se abstuvieron. Su aprobación contó con los mismos apoyos.