El fiscal pide un año de prisión a un acusado de simular ser acreedor de una empresa de la que era administrador

Actualizado: domingo, 5 febrero 2006 19:07

LOGROÑO, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio Fiscal pide un año de cárcel a un acusado de simular ser acreedor de dos empresas, una de ellas de las que era administrador, para beneficiarse económicamente.

Está previsto que el juicio contra este acusado se celebre el próximo día 7 de febrero en el Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño.

Según relata el escrito de acusación, G.L.O., era administrador de la mercantil 'Riojana de Obras, S.L.', constituida en 1984 y cuyo objeto es realizar actividades de construcción de edificios y otras obras.

Esta sociedad se encuentra en estado de quiebra necesaria en virtud del auto de 2 de octubre de 1998; los efectos de la declaración de quiebra, que se retrotraían al día 29 de mayo de 1996, según la misma fuente.

En autos de quiebra necesaria del Juzgado de Primera Instancia de Aranda de Duero (Burgos), se declaró la quiebra de la mercantil 'Mologes, S.L.'.

El acusado G.L.O. "ideó" la creación de un efecto que le permitiera ostentar una posición acreedora, que "no correspondía a la realidad', frente a las mercantiles 'Riojana de Obras, S.L.' y 'Mologes, S.L.' en los correspondientes procedimientos universales, obteniendo en ellos posición jurídica correspondiente a su crédito y perjudicando con ello los derechos de los acreedores verdaderos.

A tal fin, según el escrito de la acusación, se confeccionó una letra de cambio, con fecha de libramiento de 13 de mayo 1997 y con fecha de vencimiento 15 de junio de 1997, por un importe de 4.000.000 millones de pesetas; el librado de la letra era 'Mologes, S.L.' y la libradora 'Riojana de Obras, S.L.'; no existía en la realidad operación que justificará la emisión del documento.

Con fecha de 14 de mayo de 1997, la letra fue endosada al acusado. Éste interpuso juicio efectivo contra las mercantiles, que se tramitó en el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Logroño (actualmente el Juzgado de Instrucción número 3 de Logroño).

Las mercantiles demandadas "no se opusieron" a la ejecución, la cual, no obstante, quedó paralizada al decretarse la quiebra necesaria de las demandadas.

Para el fiscal, los hechos narrados constituyen un delito de insolvencia punible. Considera al acusado, G.L.O., responsable en concepto de autor de los delitos. En su opinión, procede imponer al acusado un año de cárcel.