El Gobierno riojano recuerda que en rebajas no se pueden vender artículos deteriorados adquiridos para este periodo

Comercio, Tienda
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 5 enero 2012 11:14

LOGROÑO, 5 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno riojano ha recordado hoy, ante la inminente llegada de las rebajas de invierno, que los comercios no pueden poner a la venta artículos deteriorados adquiridos expresamente para este periodo. Las rebajas comenzarán el próximo sábado, 7 de enero, y finalizarán el 6 de marzo.

A través de un comunicado, el Ejecutivo señaló cómo, en el periodo de rebajas, no se pueden poner a la venta productos "que no hayan sido ofrecidos a la venta a precio habitual con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha de inicio de las ventas en rebajas".

Las ventas en rebajas podrán ser anunciadas por el comerciante con ocho días como máximo de adelanto a su inicio y, solo en los últimos diez días de su periodo de duración, podrá anunciarse los remates u ofertas finales.

Los comercios, además, están obligados a exhibir al público en los escaparates y vitrinas, además de en el interior del establecimiento, el precio de los productos que se encuentren expuestos al público, de forma claramente legible.

El PVP se expresará por unidad de medida. Deberá, en el establecimiento, existir información visible sobre los medios de pago que admite, así como la posibilidad, en su caso, de devolución del producto y las condiciones para su devolución. Los medios de pago aceptados habitualmente por el comerciante pueden utilizarse en cualquier modalidad de ventas promocionales.

Los comercios deben expresar en soporte claramente legible desde el exterior, el horario de apertura y cierre que libremente decida, dentro del máximo de 90 horas semanales en días laborales.

El Gobierno riojano explicó que las ventas promocionales comprenden aquellas actividades de venta que se realicen solo en alguna de estas modalidades de venta: con obsequio, en rebajas, por liquidación de negocio o gran modificación, de saldos, o con descuento.

Pueden realizarse distintos tipos de ventas promocionales simultáneamente, pero los productos o artículos deben estar separados y si son saldos estos productos deben estar debidamente identificados.

Cualquier actividad de promoción de ventas supone la oferta de productos en condiciones más ventajosas que las habituales. Se considera precio habitual o anterior aquel que hubiese sido aplicado a los productos ofrecidos durante un periodo continuado de al menos 30 días, en el curso de los seis meses precedentes.

El comercio deberá expresar legiblemente la modalidad de venta promocional que realiza, indicando en producto o lotes similares u homogéneos, precio anterior o habitual y precio reducido o porcentaje de descuento y el periodo de vigencia de la promoción, con fecha de inicio y finalización de la misma, sin que la duración de la misma pueda realizarse excediendo la disponibilidad de existencias de los productos ofertados.

No se puede limitar el número de unidades o productos promocionados que pueda adquirir cada comprador ni aplicar precios con mayores o menores descuentos a medida que sea mayor la cantidad adquirida.

Las ventas promocionales para ser reconocidas en cualquiera de sus modalidades y anunciarse como tal, como medida general, deben afectar como mínimo a la mitad del inventario de productos en el momento del inicio de la oferta. En caso contrario, deberá identificarse y separar los productos rebajados del resto.

Este año, recordó el Ejecutivo, se han establecido en ocho el número de domingos y festivos en que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público. El primero será, precisamente, el domingo 8 de enero, que se convertirá en el segundo día de rebajas.