LOGROÑO 1 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio Fiscal solicita un total de 3 años de prisión, 7.200 euros de multa y una indemnización de más de 15.500 euros para un hombre que está acusado de un presunto delito de alzamiento de bienes ante el embargo de una empresa que había comprado poco antes. El juicio se celebrará el lunes en el Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño.
De acuerdo con el escrito del fiscal, el acusado, F.A.A., compró en febrero de 2001, en nombre de la mercantil 'Comercial Fairmont', de la que era administrador único, la totalidad de las acciones de la empresa 'Técnicas del vinagre', "tras haber asumido todas las deudas que hasta la fecha ésta tenía contraída".
El acusado fue también nombrado administrador único de esta última firma. El escrito detalla, acto seguido, que, por una sentencia de marzo de 2001, se estimó una demanda de la mercantil 'Inoxidables Alimentarias', "mandando seguir la ejecución contra 'Técnicas del Vinagre', al desestimar la oposición que se planteaba, por importe de 14.750 euros por gastos de devolución".
Se mandaba, además, "despachar ejecución de los bienes que, desde julio de 1999, se hallaban embargados y que fueron sacados a subasta en abril de 2002, sin que hubiese ningún licitador, y que habían sido pericialmente valorados en 53.505 euros".
Desde la Fiscalía se explica que "por un auto de mayo de 2002 fue aprobada la ejecución con la consiguiente ejecución al demandante por 16.051 euros, siendo autorizada en diciembre del mismo año la entrada en el domicilio social de la empresa ejecutada, en el Polígono del Sequero, resultando que la mercantil 'Técnicas del Vinagre' había desaparecido, y, con ella, todos los bienes embargados, desarrollándose en el inmueble otra actividad distinta".
Indica el texto que, en julio de 2002, el acusado "había enajenado totalmente las participaciones que 'Comercial Fairmont' tenía de 'Técnicas del Vinagre', haciendo constar que estaba libre de cargas por 36.060 euros, confesados como ya satisfechos a otra persona que nada sabía del negocio al haber sido utilizada su documentación sin su consentimiento por haberla extraviado anteriormente".
Todos estos hechos suponen, para el fiscal, un delito de alzamiento de bienes, de que es responsable el acusado en concepto de autor, y por el que procede imponer una pena de 3 años de prisión, 7.200 euros de multa (20 meses con una cuota diaria de 12 euros) y una indemnización a 'Inoxidables Alimentarias' de 15.596 euros.