LOGROÑO 29 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Casalarreina y Pirotencia 'A. Caballer' deberán pagar 116.708 euros de indemnización, a partes iguales, por las lesiones que la produjo a un menor la manipulación de material pirotécnico, durante las fiestas de la localidad.
Así se pone de manifiesto en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR), recogida por Europa Press, en la que se desestima un recurso de apelación presentado por la empresa pirotécnica, el Ayuntamiento de Casalarreina y una empresa aseguradora, contra un fallo condenatorio del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, de 9 de febrero pasado.
En la sentencia, se estima que es cierto que "existió una manipulación del artificio de pirotecnia por parte del menor", pero considera "prioritaria" del Ayuntamiento y la empresa de pirotecnia de la "omisión de sus obligaciones de comprobación de subsistencia de restos del espectáculo susceptibles de ocasionar cualquier tipo de lesión mediante su manipulación".
El primer fallo fue consecuencia de un recurso que se interpuso tras una resolución del Ayuntamiento que "desestimó" la reclamación patrimonial de la acusación por las lesiones sufridas por el menor, el día 29 de septiembre de 2002, en Casalarreina, que le ocasionaron "graves lesiones en la mano derecha y ojo izquierdo".
Aquella reclamación se interpuso contra el Ayuntamiento, por ocurrir el siniestro durante las fiestas patronales y frente a la empresa pirotécnica por se la encargada de la realización del espectáculo pirotécnico del día anterior al suceso.
Los demandantes afirmaron que el objeto que explosionó fue encontrado al día siguiente por unos menores "en el lugar donde quedaron los restos del espectáculo pirotécnico de la noche anterior".
Estos, junto al menor lesionado procedieron a su manipulación, prendiendo fuego y el bote que tenía en la mano éste explosionó causando los siguientes daños: "mano derecha catastrófica con amputación del segundo radio, traumatismo ocular en ojo izquierdo y heridas en la cara".
Ante ello, se reclamó al Ayuntamiento "como responsable de la organización los espectáculos pirotécnicos" y a la empresa que los llevó a cabo "al haber dejado abandonado y sin proceder a su comprobación y recogida, los restos del material que fue empleado a tal fin y que hubiera quedado sin explosionar".
La parte demandada negó que lo manipulado por el menor fuera un artefacto pirotécnico procedente del espectáculo de la noche anterior.
Por su parte, de las diligencias practicadas por la Guardia Civil se comprobó que, en el lugar del suceso se observa una mancha negra con "al parecer restos de pólvora por la explosión o combustión del producto junto a la tapia del chalet donde reside el menor".
Se recogieron restos de plástico "al parecer pertenecientes al artificio pirotécnico". También en el lugar del espectáculo se recogieron trozos de plástico "similares".
Tras las pruebas practicadas se indicó que "no existe duda" de que los materiales recogidos eran de las mismas características. También se determinó que artificio no cayó desde la zona de lanzamiento hasta el lugar del accidente, sino que "fue trasladado" hasta el lugar de la explosión.
Antes los hechos, se estimó el recurso contencioso-administrativo presentado y se condenó al Ayuntamiento de Casalarreina y Pirotecnia 'A.Caballer' al pago de 116.708 euros de indemnización, a partes iguales, a los demandantes.
Contra este fallo, se presentó recurso de apelación al TSJR, que apela al principio de "responsabilidad patrimonial" por parte de las administraciones públicas, así como a la obligación de los encargados de comprobar que, tras el espectáculo piroténico no había quedado material susceptible de explosionar o de genera cualquier clase de riesgo de quemadura o explosión. Por ello, se desestima el recurso y se confirma la sentencia inicial de pago de 116.708 euros.