El TSJR revoca la sentencia que anuló las elecciones del Colegio de Médicos

Actualizado: jueves, 23 marzo 2006 16:53

LOGROÑO, 23 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha revocado la sentencia por la que se anularon las elecciones al Colegio de Médicos, tras estimara el recurso que, contra esta sentencia, hiciera la representación oficial de la entidad.

Las elecciones en el Colegio de Médicos deberían haberse celebrado el pasado mes de septiembre, con la presentación de dos candidaturas. La 'alternativa', encabezada por Inmaculada Martínez Torre, pidió días antes de su celebración la suspensión de los comicios y planteó una causa judicial por la falta de respeto a los "derechos fundamentales" en el proceso.

Su petición estaba fundamentada, entonces, por considerar que la custodia ejercida por el secretario del Colegio sobre los votos por correo no garantizaba la transparencia de las elecciones, ya que esta persona formaba, a su vez, parte de la candidatura 'oficial', en la que concurría optando a la Vicepresidencia de la entidad.

Una primera sentencia, de noviembre pasado, dio la razón a la candidatura 'alternativa', y suspendió el proceso electoral, al considerar que la situación denunciada "vulneraba el artículo 23 de la Constitución". Esta decisión fue recurrida por parte de la representación oficial del Colegio -que constituye el grueso de la candidatura 'oficial'-.

De acuerdo con el último fallo del TSJR, no se comparte la sentencia anterior porque se considera que la convocatoria de las elecciones "se hizo de acuerdo a la normativa legalmente establecida, por lo que una convocatoria realizada conforme al procedimiento legalmente establecido nunca puede violar ningún derecho fundamental".

Con todo, sí especifica esta sentencia del alto tribunal riojano que esta circunstancia se podría haber dado si el recurso inicial hubiera sido "sobre el acto concreto que considerasen que producía la violación del derecho fundamental, y planter que no podía ser que el secretario general que se presentaba a las elecciones custodiara los sobres del voto por correo".

Por ello, desde el TSJR se estima el recurso de apelación interpuesto por el Colegio Oficial de Médicos de La Rioja y se revoca la sentencia anterior recurrida.