LOGROÑO 7 Feb. (EUROPA PRESS) -
El sindicato UPTA-UGT de La Rioja denunció hoy que Hacienda "está negando" los 100 euros por maternidad a mujeres dadas de alta como autónomas colaboradoras, por lo que "ante la pluralidad de denuncias llegadas a nuestros servicios jurídicos", indica que ha dirigido una consulta a la Dirección General de Tributos.
En un comunicado, UPTA señala que su objetivo "es clarificar definitivamente los derechos de las denominadas "autónomas colaboradoras", quienes, trabajando en el negocio familiar y pese a cotizar efectivamente en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), se están viendo privadas de la citada deducción de 100 euros en el IRPF, bajo el argumento de que no realizan ninguna actividad por cuenta propia".
Asimismo, UPTA pretende "determinar el derecho de las administradoras de sociedades, dadas también de alta y cotizado en el RETA, pero que si no disfrutan de un salario o percepción económica, motivado por circunstancias que pueden ser de falta de beneficios suficientes por inicio de actividad o crisis económica, la Administración Tributaria les niega también esta deducción porque no las considera ni trabajadoras por cuenta ajena ni por cuenta propia".
UPTA entiende que "el resultado de esta consulta, que habrá de ser vinculante para el órgano emisor, y para toda la Administración, será el efectivo reconocimiento del derecho a la deducción para estas trabajadoras, ya que la reforma introducida a partir de 1 de enero de 2003 se dirige específicamente a las mujeres trabajadoras, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena, dadas de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente si tienen hijos menores de tres años".
En este sentido, apunta que "la aplicación en su consecuencia a las trabajadoras autónomas resulta indudable, sea cual sea la actividad económica, empresarial o profesional que desempeñen, y que haya dado lugar a su inclusión en el RETA o en la mutualidad profesional que corresponda".
"El espíritu de la ley y su texto expreso determina su aplicación a las mujeres ocupadas dadas de alta en la Seguridad Social, y entendemos que no puede haber interpretación alguna que lo desvirtúe para los colectivos objeto de consulta. Lo contrario sería vulnerar no solamente la norma concreta, sino los más elementales principios de equidad que informan nuestro ordenamiento jurídico", finaliza.