MADRID, 6 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Asociación El Defensor del Paciente ha solicitado al Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia la apertura de un investigación sobre el modo de proceder de la Sección Octava del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) al entender que, ante los casos de negligencia médico-sanitaria que recibe, actúa "sobreprotegiendo a la Administración sanitaria".
En un comunicado difundido hoy, esta entidad ciudadana anunció que ha pedido, además, al presidente del Gobierno la creación de una Figura Institucional de Defensa que "regule y revise sentencias de este tipo que no hacen más que empañar la buena labor de nuestra Justicia".
Estas medidas se adoptan al hilo de la sentencia emitida por dicho órgano judicial que fija una indemnización de 12.000 euros en favor de Miguel Ángel Ocaña Flores, de 35 años, hijo de la presidenta de ADEPA, Carmen Flores, por la tetraplejia que sufre, Según dicha Asociación, Miguel Ángel sufría desde muy joven una serie de patologías neurológicas, motivo por el que tuvo que ser intervenido cuando contaba con 13 años de edad, consiguiendo un resultado realmente bueno al recuperar toda su movilidad.
NO SE REALIZÓ UNA PRUEBA
Sin embargo, entre los 13 y los 22 años presentó un progresivo deterioro motor y sensitivo en las extremidades, agravado además por una lista de espera de cinco años para ser intervenido en el Hospital Ramón y Cajal, que acabó por dejarle parapléjico durante unos años hasta que, finalmente, terminó tetrapléjico, señala ADEPA. Añade que no se realizó al enfermo examen mediante resonancia magnética medular para diagnosticar y tratar precozmente la enfermedad, lo que hubiera permitido al paciente disfrutar de la posibilidad de estabilizar e, incluso, eliminar los daños neurológicos y síntomas que padecía.
El retraso en el diagnóstico fue indebido, técnicamente injustificado y, según el Informe Pericial Judicial, "no se puede explicar por un único error de apreciación, dado que fueron necesarios múltiples errores acumulados a lo largo de años y favorecidos por una muy notable ineficacia, en este caso, en el funcionamiento del sistema de asistencia sanitaria". De tal modo que "para cuando se alcanzó un diagnóstico de esta afección se había perdido cualquier oportunidad para conseguir alguna mejoría o detención del progresivo deterioro neurológico".
Por todo ello, la sentencia condena al Servicio Madrileño de Salud a pagar dicha indemnización porque no se le hicieron a Miguel Ángel Ocaña Flores las pruebas médicas concretas que hubieran podido detener o diferir el deterioro neurológico del enfermo, toda vez que la práctica del tratamiento quirúrgico se halla indicada para obtener una mejoría o estabilización en la evolución de dicha enfermedad.