Archivan la causa contra alcalde de Colmenar Viejo al no acreditarse prevaricación en una orden sobre pagas a empleados

Europa Press Madrid
Actualizado: lunes, 15 diciembre 2014 14:04

MADRID 15 Dic. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta contra el alcalde de Colmenar Viejo, Miguel Ángel Santamaría, al entender que "no resulta debidamente justificada" la perpetración de un delito de prevaricación en la firma de unos Decretos por los que se ordenaba pagar un complemento de productividad a empleados municipales.

Según expone el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el caso pivota sobre un Decreto que el alcalde de Colmenar en el que aprobaba los criterios de distribución del complemento de productividad de los trabajadores municipales atendiendo al criterio de antigüedad a pesar de los "informes desfavorables de Recursos Humanos y de la Intervención Municipal".

Asimismo, el auto indica que la acusación señala que en el Decreto de la Alcaldía de 30 de diciembre de 2013 "se aprobó que la cuantificación del complemento de productividad debe corresponderse con los criterios aprobados por acuerdo de pleno y a pesar del informe desfavorable de la Intervención y Secretaria General".

En base a esto, el Ministerio Fiscal considera que los hechos "pudieran ser constitutivos de un delito de prevaricación administrativa".

A pesar de la postura del Ministerio Fiscal, el juez indica que "no resulta indicio alguno de la concurrencia de esta 'arbitrariedad necesaria para la existencia de un delito de prevaricación administrativa ni del ejercicio arbitrario del poder por parte del imputado".

Además, señala que "no se puede obviar que el objeto de los Decretos de ejecución no era oro que la aprobación de un complemento de productividad en beneficio de todos los trabajadores del Ayuntamiento , el cual actualmente se encuentra sin repartir con el consecuente perjuicio para ellos".

Por ello, indica que "no resulta debidamente acreditado la concurrencia de los elementos de tipo penal, por lo que procede acordar el sobreseimiento provisional de las presentes actuaciones".

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