La Audiencia de Madrid permanecerá abierta para atender diligencias "urgentes" e "inaplazables"

Un agente de la Policía Nacional junto a la puerta principal de la Audiencia Provincial de Madrid, a 14 de febrero de 2020.
Un agente de la Policía Nacional junto a la puerta principal de la Audiencia Provincial de Madrid, a 14 de febrero de 2020. - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Europa Press Madrid
Publicado: martes, 17 marzo 2020 13:11


MADRID, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, Juan Pablo González Herrero, ha acordado que estas dependencias judiciales permanezcan abiertas para atender exclusivamente diligencias "urgentes" e "inaplazables" con motivo de la limitación de la actividad judicial que registran los órganos judiciales de la región por la expansión del coronavirus.

Así lo informa el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) en su página web en la que publican el acuerdo gubernativo 82/20 por el que queda sin efecto el acuerdo gubernativo 81/20, dictado el pasado domingo, en lo que se refiere al cierre de las dependencias de la Audiencia Provincial.

Según este nuevo acuerdo, permanecerán abiertas en horario de audiencia pública (de 9 a 14 horas) para atender en exclusiva las diligencias que los presidentes de sección consideren urgentes e inaplazables.

Así, del acuerdo gubernativo 81/20 permanecen vigentes medidas, que entraron en vigor a las 12:00 horas del día 16 de marzo hasta el día 28 de marzo. Entre las medidas, figura que los presidentes de las secciones penales y de familia establecerán turnos integrados por un gestor o tramitador y un auxilio judicial (2 funcionarios) para la tramitación de las diligencias que los Presidentes de cada sección consideren urgentes e inaplazables en los términos establecidos por la Instrucción del CGPJ y Acuerdo de la Sala de Gobierno.

Conforme al acuerdo, dichos funcionarios permanecerán en situación de localización permanente y a disposición del presidente de la sección competente.

En los servicios comunes de registro y reparto el LAJ responsable establecerá turnos integrados por un funcionario gestor/tramitador para las secciones civiles y un gestor/tramitador para las secciones penales y uno de auxilio judicial para ambas que permanecerán en las dependencias de registro y reparto.

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