MADRID 12 Abr. (EUROPA PRESS) -
Los pacientes de la Sanidad Pública Madrileña que quieran recibir una segunda opinión médica podrán obtenerla en un plazo de siete días hábiles, siempre y cuando se trate de procesos patológicos graves que supongan un riesgo vital para su salud o conlleven una invalidez crónica severa y que le incapacite para su vida cotidiana y profesional.
Así figura en el borrador de Decreto que hoy aprobó el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Esta norma, que ha sido remitida al Consejo de Estado, contempla que la cita con el facultativo para obtener la segunda opinión médica se producirá en un máximo de 15 días hábiles, a contar desde el primer diagnóstico.
Sólo se podrá solicitar una segunda opinión para fines puramente asistenciales.
(Habrá ampliación)