El Ayuntamiento quiere que la Comunidad salde con casas vacías del IVIMA los 120 millones de condena por tasa de grúas

El Ayuntamiento quiere que la Comunidad salde con casas vacías del IVIMA los 120
AYUNTAMIENTO DE MADRID - Archivo
Publicado: viernes, 29 marzo 2019 13:06

MADRID, 29 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Madrid quiere negociar con la Comunidad para que los 120 millones de euros que tiene que pagar el Gobierno regional por una condena sobre la tasa de Retirada de Vehículos en Vía Pública se traduzcan en la entrega de pisos vacíos del antiguo IVIMA.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Comunidad a pagar al Ayuntamiento de la capital 120 millones de euros correspondientes a la conocida como 'tasa de la grúa', tras desestimar un recurso presentado por el Gobierno regional contra un primer fallo judicial, en un litigio que lleva 10 años.

El delegado de Economía y Hacienda del Ayuntamiento, Jorge García Castaño, ha celebrado la decisión judicial y ha anunciado su intención de negociar con la Comunidad el pago de estos 120 millones de euros en viviendas vacías que tiene la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad, una opción que ha calificado como "lo más sencillo y útil para la ciudadanía madrileña".

"Nosotros estaríamos dispuestos a llegar a un acuerdo rápidamente para que esas viviendas vacías vayan a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) y las pongamos en alquiler, que es donde tienen que estar para que las familias puedan entrar lo antes posible", ha explicado García Castaño que, aunque no ha concretado el número de viviendas de la propuesta inicial ha señalado que "todo lo que tengan es posible".

Las alegaciones presentadas por la Comunidad de Madrid giraban entorno de la nulidad de esta tasa declarada por el TSJM en 2009, que confirmó tres años más tarde el Tribunal Supremo en sentencia firme, un periodo de tiempo en el que el Ayuntamiento continuaba girando las liquidaciones de esta tasa a la Administración Autonómica sin que esta las pagase ni impugnase dentro del plazo.

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