Archivo - Fachada de la sede del Ayuntamiento en Cibeles, a 15 de septiembre de 2023, en Madrid (España). El Palacio de Cibeles, antiguo Palacio de Telecomunicaciones y actual sede del Ayuntamiento de Madrid, cuenta con un gran espacio cultural y varias s - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
MADRID 4 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Madrid ha recurrido en casación ante el Tribunal Supremo la anulación del Plan Especial para la ampliación del hospital infanto-juvenil en una parcela ubicada en la avenida del Mediterráneo número 3, en el distrito de Retiro.
Fue el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el que dictó sentencia el pasado mes de diciembre anulando el Plan Especial que el Ayuntamiento aprobó en octubre de 2023. La decisión de recurrir busca que el Supremo fije otro criterio porque el Gobierno municipal que encabeza José Luis Martínez-Almeida entiende que "no incrementa la edificabilidad porque el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) la atribuye", han trasladado fuentes municipales a Europa Press.
El TSJM estimó el recurso contencioso-administrativo presentado por el Grupo Municipal Socialista anulando el Plan Especial aprobado definitivamente por el Ayuntamiento en el Pleno celebrado el 30 de octubre de 2023. El fallo condenaba en costas al Ayuntamiento y a los particulares promotores del Plan Especial.
Con fecha de 9 de diciembre la sentencia señalaba que "se habría prescindido indebidamente de la evaluación ambiental estratégica, lo que comporta necesariamente la nulidad del Plan Especial".
Los concejales socialistas Antonio Giraldo y Pedro Barrero pedían a la Justicia la nulidad del planeamiento porque "se habría prescindido total y absolutamente del procedimiento establecido al obviarse la evaluación ambiental", sobre todo porque dicho Plan Especial "dota de mayor edificabilidad a la parcela" para acometer, conforme a la memoria, estructuras hospitalarias complementarias a la actividad sanitaria del Hospital Neuropsiquiátrico Doctor León, con un equipamiento complementario del sanatorio.
Los socialistas alegaron que dicho Plan asignaría "una edificabilidad excesiva, incumpliéndose en su cálculo lo previsto en el Plan General (PGOUM)", unido a un incumplimiento de la normativa en materia de gestión y control de ruido.
El TSJM también estimaba esa parte del recurso del PSOE porque "el Plan Especial, al no haberse limitado para la determinación de la ampliación de la edificabilidad a la correspondiente a la parcela con uso lucrativo situada en la manzana, única existente, ha contravenido el precepto y, por ende, incurre en causa de nulidad de pleno derecho".