La CNC multa al Colegio Oficial de Arquitectos por recomendar a sus colegiados modificar contenidos en los proyectos

Actualizado: viernes, 27 julio 2012 19:24

MADRID, 27 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto una multa por valor de 172.000 euros al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) por recomendar a sus colegiados "una pauta común de conducta como medida de presión para que se modificasen ciertos contenidos de los pliegos de las licitaciones" para la elaboración de proyectos de viviendas de protección oficial en diversos municipios de Madrid, ha informado este viernes el organismo en una nota de prensa.

Además, ha instado al COAM para que en lo sucesivo se abstenga de cometer "prácticas como las sancionadas u otras similares que puedan obstaculizar la competencia".

El 19 de enero de 2011, el Servicio de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid acordó la incoación de expediente sancionador contra el Colegio por una posible infracción del artículo 1.1.a) de la Ley de Defensa de la Competencia, consistente en determinadas recomendaciones a los arquitectos del Colegio ante una serie de licitaciones puestas en marcha por los Ayuntamientos de Boadilla del Monte y de Torrejón de Ardoz, en distintos momentos de los años 2008 y 2009.

Estas licitaciones tenían por objeto adjudicar el 'Estudio, Elaboración del Proyecto y la Dirección de Obra para la construcción de viviendas públicas' en estos municipios.

En este sentido, la conducta "reprochable" del COAM habría sido la de recomendar a sus arquitectos la no participación en estas licitaciones debido a que los pliegos de condiciones no se ajustaban, a juicio del COAM, ni a los criterios técnicos ni económicos correctos.

El Consejo de la CNC ha considerado en su resolución que el COAM, a través de su Oficina de Concursos de Arquitectura de Madrid, viene realizando un "servicio de revisión de los pliegos de condiciones que las distintas administraciones hacen públicos a la hora de convocar concursos para la adjudicación de trabajos relacionados directamente con la arquitectura, como son Estudios, Proyectos, Ejecuciones de Obras, Direcciones de obra, entre otras".

La función principal de estas revisiones reside en "vigilar" que las condiciones exigidas por la Administración se ajusten a la normativa correspondiente y se guíen por los códigos de buenas prácticas de su ámbito de trabajo.

Sin embargo, el Consejo de la CNC ha constatado también que, en ocasiones, el COAM "se ha extralimitado de esas funciones" y "ha entrado a objetar e incluso a recomendar a sus colegiados una pauta común de conducta como medida de presión para que se modificasen ciertos contenidos de dichos pliegos, como son las condiciones comerciales establecidas por la Administración o las funciones a desarrollar por el profesional", cuestiones ajenas a aspectos técnicos que cada profesional debería haber podido valorar libremente.

El COAM ha incurrido así en una infracción del artículo 1.1.a) de la Ley de Defensa de la Competencia consistente en recomendar a sus colegiados que "no acudiesen a las licitaciones en cuestión, recomendación que ha sido a su vez empleada como una medida de fuerza para conseguir que la Administración modificase dichas condiciones, lo que constituye, en la doctrina consolidada en materia de defensa de la competencia, un boicot".

Por último, el Consejo de la CNC ha llamado la atención sobre la posibilidad de que, en ocasiones, los criterios para la valoración de los licitadores que concursan, reflejados en los Pliegos de Condiciones, pudieran "no ser todo lo respetuosos con la defensa de la competencia que sería deseable en todo proceso de contratación pública".