El Comité Madrileño de Transporte por Carretera impugnará el decreto que limita la circulación por Gran Vía

Publicado: martes, 28 noviembre 2017 16:52

MADRID, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Comité Madrileño de Transporte por Carretera (ATRADICE) impugnará judicialmente la resolución y el decreto del Ayuntamiento de Madrid que limitan la actividad y circulación de los vehículos destinados a la distribución de mercancías por Gran Vía y calles aledañas del distrito Centro durante el periodo navideño.

El presidente de ATRADICE, Cristóbal San Juan, ha indicado en un comunicado que deben establecerse "limitaciones de circulación al transporte particular ya que tienen la alternativa de una amplia red de transporte público" pero no al servicio público de mercancías, "que no tiene alternativa alguna".

"Se trata de una zona con una fuerte concentración de comercio y hostelería que debe dar servicio a los ciudadanos", ha remarcado. Además ha considerado considera que el Ayuntamiento "han optado, como ya hiciera con el Plan A, por la vía de la imposición dado el diálogo ha sido nulo".

"Se mantuvo una reunión sin ningún ánimo de escuchar al sector, se cubrió el expediente y punto, no se nos dio traslado a las asociaciones del borrador de las medidas a pesar de haberlo solicitado", ha indicado el presidente.

Desde la entidad han recordado que el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 30 de Madrid anuló y dejó sin efecto las restricciones del Ayuntamiento de la Navidad del año pasado por considerar que no existían razones de interés general que ampararan la medida.

Las restricciones aprobadas por el Ayuntamiento este año del 1 de diciembre al 7 de enero incluyen la prohibición de circular a vehículos de más de 3.500 kgs. de MMA, tanto de viajeros como de mercancías, en la calle Gran Vía desde Plaza de España a la confluencia con la calle Alcalá desde las 11 hasta las 23 horas.

También se limitan las operaciones de carga y descarga de mercancías en Gran Vía, que deberán hacerse exclusivamente en el horario comprendido entre las 23 y las 11 horas.

Se exceptúan de la prohibición de circulación, entre otros, a los vehículos que dispongan del distintivo Cero Emisiones, los destinados a la distribución de envíos postales, las grúas para el remolque de vehículos o vehículos que dispongan de autorización singular expresa del Ayuntamiento de Madrid para la realización de mudanzas u otras ocupaciones.