MADRID 10 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid ha informado este martes de que la nueva ley del voluntariado que está ultimando amplía los campos de la actividad voluntaria, que pasará de estar restringida al ámbito social a abarcar también el medioambiental, sanitario, cultural, deportivo o cualquier otro, "sin que el voluntariado pueda sustituir en ningún caso aquello que está reservado a la Administración" o "relaciones laborales remuneradas".
Según un comunicado, el Gobierno regional tiene a punto la nueva ley del voluntariado, tras haber estudiado las alegaciones recibidas por parte de las distintas organizaciones y haber superado el examen de los servicios jurídicos de la Consejería de Asuntos Sociales. Así, se encuentra a la espera de que el Consejo de Gobierno apruebe el anteproyecto de la ley, que actualizará la norma vigente.
La actual Ley del Voluntariado Social de la Comunidad de Madrid data de 1994 y fue una de las primeras leyes autonómicas en esta materia, pero necesita "adaptarse a los cambios y las necesidades de la sociedad madrileña". El texto de la nueva se ha elaborado teniendo en cuenta las sugerencias de los propios voluntarios y de las organizaciones, ha señalado la Comunidad.
"El objetivo fundamental del texto es ofrecer mayor seguridad jurídica al voluntario y promover la participación ciudadana", señala la nota. Así, define el concepto de voluntariado; reconoce los derechos y deberes de las personas que ejercen esta actividad; establece el ámbito de actuación de las organizaciones de voluntariado; define quienes pueden ser beneficiarios de la acción voluntaria, y recoge el trabajo que la Administración tiene que desarrollar para promover y fomentar el voluntariado.
LIBERTAD DE ELECCIÓN
En particular, reconoce "la libertad de elección personal de cada ciudadano para ejercer su derecho a colaborar en acciones altruistas en los ámbitos que más se acerquen a sus gustos y necesidades", ya sean proyectos sociales, sanitarios, deportivos, culturales o de cualquier naturaleza, "sin que el voluntario pueda sustituir en ningún caso aquello que está reservado a la Administración".
También reconoce el "derecho de los voluntarios a acordar libremente con la organización los contenidos y condiciones de la actividad a desarrollar", y prevé la creación de un carné de voluntario que permitirá la identificación de las personas que realicen esta labor y facilite su trabajo.
En lo que respecta a las organizaciones, establece que "la actividad de voluntariado podrá complementar pero no sustituir relaciones laborales remuneradas, así como la obligación de las organizaciones de formar y asegurar a sus voluntarios contra riesgos de accidente o enfermedad".
SUBVENCIONES LIMITADAS AL 50%
Por otro lado, limita la concesión de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro, que en ningún caso podrán superar el 50 por ciento del coste total del proyecto. Con ello se pretende "garantizar un mayor rigor de las organizaciones de voluntariado en la calidad, adecuación y pertinencia de las actividades a desarrollar al verse involucradas en la financiación".
Igualmente, introduce un mecanismo de control del gasto de las organizaciones, al tiempo que establece que éstas únicamente podrán destinar un máximo del 10 por ciento de la subvención que reciban a la financiación de gastos generales. Asimismo, contempla la colaboración público-privada en proyectos solidarios, con la participación de patrocinadores privados en determinadas iniciativas.
Otra de las novedades es el cambio en la propia denominación de la norma, que pasará a llamarse Ley de la Persona Voluntaria y de la Promoción del Voluntariado de la Comunidad de Madrid. Según los últimos datos de la Dirección General de Voluntariado y cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, en la región hay alrededor de 150.000 voluntarios y más de 1.000 organizaciones.