La Comunidad de Madrid define el ámbito de protección del entorno de la Plaza Mayor, declarada BIC

"Cualquier obra que se realice en ese entorno ha de contar con la supervisión de la Comisión Local de Patrimonio Histórico", explica Sobrini

DELIMITACIÓN PROTECCIÓN ENTORNO PLAZA MAYOR
BOCM
Europa Press Madrid
Publicado: miércoles, 22 agosto 2018 13:23

MADRID, 22 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Comunidad de Madrid ha definido la delimitación del entorno de la Plaza Mayor de Madrid para su protección en base a su declaración de Bien de Interés Cultural, según se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Así, el consejero de Cultura, Turismo y Deportes, Jaime de los Santos, da la orden en el BOE mediante la que se delimita el entorno de protección de la Plaza, declarada Monumento Histórico-Artístico, de carácter nacional.

El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el 15 diciembre 2017, manifestó su conformidad por unanimidad de sus miembros con la resolución de 27 de noviembre de 2017, por la que se incoa expediente de delimitación de entorno de protección.

En la orden, se expone que la Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando acuerda por unanimidad apoyar la delimitación del entorno de protección de la plaza Mayor de Madrid y no consta que se hayan presentado alegaciones, por lo que se ha reiterado la propuesta técnica inicial.

En declaraciones a Europa Press, la directora general de Patrimonio Cultural, Paloma Sobrini, ha explicado que cuando se declara un monumento o un conjunto histórico interés cultural o patrimonial es "importante" que se defina "un entorno de afección de ese monumento", algo que "antiguamente no se hacía".

Con esto, todos los edificios y espacios que estén incluidos en ese entorno de protección y cualquier obra que se realice en ese entorno ha de contar con la supervisión de la Comisión Local de Patrimonio Histórico, para que pueda analizar si el tipo de obra puede que afectar a la contemplación del monumento y "para que quede garantizada la correcta perfección del monumento".

En este punto, Sobrini ha especificado que la Dirección General de Patrimonio "no quiere entrar a opinar sobre las obras que se realicen dentro de los edificios, pero si de las fachadas que puedan perturbar la imagen del monumento".

Por ejemplo, la directora general de Patrimonio Cultural ha señalado que si en un edificio de la parte de atrás de la Plaza Mayor que da a la calle Mayor es alto y se ponen chimeneas fluorescentes o torreones, en ese caso "se estaría perturbando el entorno" o si en una de las calles se ponen banderines o una luz agresiva, "esa visibilidad y esa perspectiva de la Plaza Mayor se queda interrumpida". "Eso no lo podemos permitir", ha zanjado Sobrini.

ENTORNO DELIMITADO

De esta forma, la delimitación estará comprendida en la Calle Mayor en el tramo comprendido desde la esquina con la Cava de San Miguel hasta la finca número 23 de la calle Mayor, la trasera de las fincas recayentes a la calle Felipe III, incluida la que conforma la esquina con la plaza Mayor y finca número 1 de la calle de la Sal.

Asimismo, recorre después las calles Sal, Postas y Zaragoza hasta la plaza de la Cruz, plaza de la Provincia y calle Imperial hasta su encuentro con la calle Toledo.

La manzana comprendida entre las calles Toledo y Cuchilleros se secciona en la prolongación de la calle Lechuga, incluyendo todas las fincas hacia la plaza Mayor. La delimitación se completa por la calle Cava de San Miguel hasta su encuentro con la calle Mayor.

En concreto, el entorno de protección delimitado con una superficie de 2,73 hectáreas comprende el viario perimetral y las parcelas de la calle Mayor, las fincas números 9, 11, 13, 15, 17, 19, 21 y 23, parcelas catastrales 09, 08, 07, 06, 05, 04, 03 y 02 de la manzana catastral 01435.

También incluye el viario de la calle Mayor desde el arranque de la calle de San Cristóbal hasta el límite oriental de la manzana catastral 99439, que hace esquina con la calle de la Cava de San Miguel. Asimismo, dentro de este entorno de protección se encuentra la calle de San Cristóbal, la finca número 4, parcela catastral 10 de la manzana catastral 01435.

En la calle de las Postas, las fincas números 12, 14, 16 y 18, parcelas catastrales 11, 12, 13 y 14 de la manzana catastral 01435; las fincas números 11, 13 y 15, parcelas catastrales 03, 02 y 01 de la manzana catastral 02432; las fincas números 17, 19 y 21, parcelas catastrales 01, 05 y 04 de la manzana 02431. También incluye el viario de la calle de las Postas desde la intersección con la calle de San Cristóbal hasta su finalización en la calle de Zaragoza.

En la calle Imperial, las fincas números 1, 3, 5 y 7, parcelas números 03, 02, 01 y 04 de la manzana catastral 01428; la finca número 11, parcela catastral 01 de la manzana catastral 01412. También incluye el viario completo de la calle Imperial.

Por su parte, se encuentran protegidas la calle de Toledo, las fincas números 16, 18 y 20, parcelas catastrales 09, 10 y 11 de la manzana catastral 00428, incluyendo el viario de la calle de Toledo desde la esquina de la finca número 15 hasta el lindero de las fincas números 19 y 21 de dicha calle.

En la calle de los Latoneros, las fincas números 4, 6, 8 y 10, parcelas catastrales 12, 13, 14 y 15 de la manzana catastral 00428, con el viario completo de la calle de los Latoneros y en la plaza de la Puerta Cerrada, la finca número 13, parcela catastral 09 de la manzana catastral 00413 que también incluye parte de la plaza de la Puerta Cerrada, desde la línea que une la esquina de la calle de los Cuchilleros y la esquina de la finca número 4 de la calle de los Tintoreros hasta el límite norte de la plaza.

En la calle de los Cuchilleros, las fincas números 13, 15 y 17, parcelas catastrales 09, 17 y 16 de la manzana catastral 00428; las fincas números 2, 4, 6, 8, 10, 12 y 14, parcelas catastrales 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08 de la manzana catastral 00413, con el viario completo de la calle de los Cuchilleros.

Esta delimitación también tendrá lugar en la calle de la Cava de San Miguel, las fincas números 4, 6 y 8, parcelas catastrales 03, 04 y 05 de la manzana catastral 99426, incluyendo los espacios libres agregados a ésta en las cercanías de la calle Mayor por desaparición de otras construcciones, como la travesía de Bringas.

Para el Gobierno regional, la delimitación del entorno de protección del monumento viene justificada por "la necesidad de mantenimiento de los valores ambientales y arquitectónicos que permitan su correcta
percepción, contextualización histórica y comprensión, realzando las características intrínsecas del inmueble".

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