Condenada una ginecóloga y un seguro por perforar el útero y el intestino de una paciente tras un legrado

Juzgados ordinarios de Plaza de Castilla
EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 9 enero 2019 14:03

MADRID, 9 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a una ginecóloga y a una compañía médica por perforar el útero y el intestino de una paciente tras la práctica de un legrado.

Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se señala que la cantidad indemnizatoria que le corresponderá a la afectada, cuya defensa ha sido llevada por la Asociación El Defensor del Paciente, se concretará en un pleito posterior. El fallo confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid.

La paciente, de 35 años, acudió en diciembre de 2014 a una clínica concertada con su compañía Médica SegurCaixa Adeslas por encontrar anomalías en su embarazo, comprobando la doctora actuante que no existía latido fetal.

Tras suministrarle medicamentos, se le realizó un legrado introduciendo las pinzas de Winter para proceder a la extracción fetal, sacando las asas intestinales en vez del feto. Tras realizar una laparotomía exploradora se comprobó la rotura de la pared posterior del útero y del recto, con avulsión del mismo.

Desde dicha actuación, la paciente ha sufrido "cuatro intervenciones de reparación de las perforaciones ocasionadas y una intervención más por obstrucción intestinal".

Las secuelas más importantes son dolor abdominal a diario, despeños diarreicos, "no pudiendo permanecer más de cuatro horas fuera de su casa por la sucesión de diarreas explosivas y una incapacidad permanente en el grado de absoluta".

La sentencia concluye la existencia de responsabilidad de la compañía aseguradora así como la mala praxis de la doctora y confirma en todos sus términos la sentencia dictada en primera instancia.

Además, considera que existió "un daño desproporcionado" ya que, "el hecho de que una mujer sana, en su primer trimestre de embarazo, acuda a someterse a un legrado y termine por verse abocada a una serie de intervenciones quirúrgicas y padecimientos del tenor que consta descrito en las actuaciones, solo puede ser explicado desde la apreciación de una conducta contraria a la lex artis ad hoc".

Prosigue destacando que los daños "tan desproporcionados como la rotura del útero y, sobre todo, una perforación intestinal, no se justifican con una intervención tan aparentemente sencilla como es la realización de un legrado, si no es desde la perspectiva del empleo de una técnica deficiente".