Desestiman el recurso de un paciente que pedía responsabilidades a Sanidad por las secuelas de un ictus cerebral

Actualizado: jueves, 14 julio 2011 20:36

MADRID, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

La sección octava de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso de un paciente que reclamaba responsabilidad patrimonial a la Consejería de Sanidad al entender que había habido "deficiente asistencia sanitaria" en el tratamiento del ictus de un varón que ingresó el 22 de julio de 2007 en Urgencias del Hospital Gregorio Marañón de la capital.

"El evidente daño que padece el actor no es imputable a la actuación médica sino al ictus isquémico maligno en el territorio ACM derecha, secundario al ACVA sufrido, posiblemente, como consecuencia de la oclusión casi completa de la arteria carótida derecha", señala la sentencia, ante la que cabe interponer un recurso de casación.

El texto indica que "tampoco existe prueba de que la subluxación del hombro izquierdo pueda atribuirse a una incorrecta manipulación del paciente, máxime en una situación de tan difícil maniobrabilidad como en la que encontraba el recurrente" y expone que estos razonamientos "llevan a la desestimación del recurso sin que proceda hacer expreso pronunciamiento sobre costas".

Los demandantes reclamaban, en origen, una "responsabilidad patrimonial deducida por las secuelas --determinantes del reconocimiento del de una minusvalía física, psíquica y sensorial del 81 por ciento y de la situación de Dependencia en grado 3, nivel 2-- del ictus cerebral sufrido el 22 de julio de 2007".

Los demandantes pedían una indemnización económica de más de 960.000 euros por "perjuicios causados con la, a su juicio, "deficiente asistencia sanitaria".

Todo comenzó el 22 de julio de 2007 cuando un varón acudió a Urgencias del Hospital Gregorio Marañón con "dolor de cabeza, sensación de vista borrosa en ojo derecho y pérdida de fuerza y sensibilidad en brazo izquierdo".

Al llegar, "se sospechó de accidente isquémico transitorio", no se objetivaron territorios isquémicos, pero el paciente presentó otro episodio de 10 a 15 minutos y un tercer episodio del que no se recuperó, por lo que se le trasladó a la unidad ictus.

Posteriormente, el 23 de julio, empeoró, se solicitaron más pruebas y el 25 de julio le hicieron un cuarto TAC que además del infarto, mostró herniación subfacial, desplazamiento de la línea media con herniación cerebral por la craneotomía.

Posteriormente, tuvo episodios de insuficiencia cardiaca, desarrollo neumonía sin germen filiado y sepsis con catéter. El 17 de agosto pasó a la Planta de Neurología y el 25 de septiembre cursó alta para ingresar en el Hospital Ruber Internacional.